MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución N° 697/2006

Registro N° 675/06

Bs. As., 2/10/2006

VISTO el Expediente N° 1.187.036/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.187.036/06 obra el Acuerdo celebrado por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS y la empresa AGUAS SANTAFESINAS SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes acordaron condiciones laborales y salariales, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo es dable destacar que no corresponde en este caso fijar el promedio de remuneraciones y el tope indemnizatorio de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, en atención al contenido del acuerdo que por este acto se homologa. (Considerando rectificado por art. 1° de la Resolución N° 56/2007 de la Secretaría de Trabajo B.O. 21/2/2007)

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004)

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado por la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS y la empresa AGUAS SANTAFESINAS SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 2/3 del Expediente N° 1.187.036/06.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo, obrante a fojas 2/3 del Expediente N° 1.187.036/06.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese al Departamento de Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. (Artículo rectificado por art. 2° de la Resolución N° 56/2007 de la Secretaría de Trabajo B.O. 21/2/2007)

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.187.036/06

Buenos Aires, 6 de Octubre de 2006

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST 697/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a foja 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 675/06. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Depto. Coordinación – D.N.R.T.

ACTA ACUERDO N° 1

Con motivo de dar comienzo a las Paritarias del año 2006, se reúnen en la ciudad de Rosario a los veintiocho días del mes de Agosto los Señores RUBEN H. PEREYRA, en carácter de secretario General de la Federación Nacional de Trabajadores de Obras Sanitarias (FeNTOS), OSCAR CARLOS BARRIONUEVO, en su carácter de Secretario del Interior de la misma entidad sindical, y JUAN CARLOS VENESIA en su carácter de Presidente de AGUAS SANTAFESNAS S.A., acuerdan lo siguiente:

1) Otorgar una suma no remunerativa mensual de $ 300 para todo el personal convencionado de la Empresa a partir del 1° de Septiembre del corriente año y hasta la firma de un convenio que regirá para la Empresa. Dicha suma será a cuenta de lo firmado oportunamente.

2) Incrementar los Tickets canasta en un valor de $ 55 de lo abonado en la actualidad a todo el personal convencionado y a partir del 1° de Septiembre del corriente año.

3) Incrementar el valor del concepto adicional por antigüedad a $ 4.60 a partir del 1° de Septiembre del corriente año.

4) Incrementar los adicionales de comida (almuerzo/cena) a $ 10 cada uno, a partir del 1° de Septiembre del corriente año.

Asimismo las partes se comprometen a continuar con las negociaciones paritarias con el fin de lograr la firma de un Convenio Colectivo de Trabajo, que sirva como marco de referencia entre las partes, adecuándose a las políticas salariales, sociales y de la seguridad social que rigen al sector sanitarista, orientando su accionar al reconocimiento permanente como Empresa consagrada a la prestación de un servicio público y esencial.

Se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

ANEXO ACTA ACUERDO N° 1

Con motivo de dar comienzo a las Paritarias del año 2006, se reúnen en la ciudad de Rosario a los veintiocho días del mes de Agosto los Señores RUBEN H. PEREYRA, en carácter de Secretario General de la Federación Nacional de Trabajadores de Obras Sanitarias (FeNTOS), OSCAR CARLOS BARRIONUEVO, en su carácter de Secretario del Interior de la misma entidad sindical, y JUAN CARLOS VENESIA en su carácter de Presidente de AGUAS SANTAFESINAS S.A., acuerdan lo siguiente:

1) Otorgar un subsidio en forma mensual del 0.8% de la masa salarial convencional a la Obra Social FeNTOS, partir del 1° de Septiembre del corriente año.

Se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.