MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

Resolución N° 48/2006

Registro N° 228/06

Bs. As., 26/4/2006

VISTO el Expediente N° 1.140.040/05 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente N° 1.140.040/05 obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE EMPRESAS DE ENERGIA y la empresa CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el contenido del mentado acuerdo está referido, substancialmente, al otorgamiento de un adicional mensual remunerativo de NOVENTA PESOS ($ 90.-) al personal incluido en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 453/01 "E", a partir del 1 de Septiembre de 2005.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que es menester indicar que tanto el ámbito territorial como el personal del texto convencional de marras se corresponden estrictamente con la actividad principal de la entidad empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE EMPRESAS DE ENERGIA y la empresa CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANONIMA glosado a foja 2 del Expediente N° 1.140.040/05.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo, obrante a foja 2 Expediente N° 1.140.040/05.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese al Departamento de Relaciones Laborales N° 1 para la notificación a las partes signatarias, posteriormente remítase a la Unidad Técnica de Investigaciones Laborales (U.T.I.L.), a fin de que elabore el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. GUILLERMO E. J. ALONSO NAVONE, Subsecretario de Relaciones Laborales M.T.E. y S.S.

Expediente N° 1.140.040/05

Buenos Aires, 3 de Mayo de 2006

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST N° 48/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 228/06. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Depto. Coordinación – D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

Entre la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE EMPRESAS DE ENERGIA, con domicilio en San José 225/243, (1076) Capital Federal, representada en este acto por los Sres. Alvarez Antonio Tomás y Carlos Minucci en sus respectivos carácter de Vicepresidente y Secretario de Organización y Relaciones Gremiales, por una parte y por la otra CENTRAL DOCK SUD S.A., con domicilio en Av. Debenedetti 1636, (1871) Buenos Aires, representada en este acto por los Sres. José Miguel Granged Bruñén y Marcelo Oscar Jáuregui en sus respectivos carácter de Gerente General y Gerente Administrativo, y con el patrocinio letrado del Dr. Juan José Etala (h), T° 16 F° 42, constituyendo domicilio en Sarmiento 459 6° piso, de la Ciudad de Buenos Aires, convienen en celebrar el presente acuerdo sujeto a las cláusulas que a continuación se establecen:

PRIMERO: Las partes acuerdan otorgar, a partir del 1° de setiembre de 2005, un adicional mensual remunerativo de $ 90.- a todo el personal incluido en el Convenio Colectivo de Trabajo vigente.

SEGUNDO: El aumento pactado por el presente acuerdo, conjuntamente con aquellos que surgen de los acuerdos celebrados anteriormente entre las partes, comprenden y absorben hasta su concurrencia los aumentos en los salarios básicos o adicionales convencionales y/o conceptos o asignaciones, remunerativas o no remunerativas, que hubieren sido otorgados por el Poder Ejecutivo Nacional, ya sea por vía de Ley, Decreto, Resolución, Convención Colectiva o cualquier otra fuente normativa, otorgados por normas dictadas con anterioridad al presente acuerdo o que se otorguen en el futuro.

TERCERO: La Asociación manifiesta que el presente acuerdo supera cualquier controversia respecto de la aplicación de cualquier norma legal o convencional vigente y aplicable que pudiera existir, no existiendo a la fecha reclamos pendientes de ninguna índole.

CUARTO: El presente acuerdo se presentará ante la autoridad de aplicación para su ratificación y homologación en los términos de la ley 14.250, sus modificatorias, concordantes y reglamentarias y queda sujeto, en cuanto a su aplicación, a su pertinente homologación.

En prueba de conformidad se firman cinco ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto, en Buenos Aires, a los 20 días del mes de octubre de 2005.