MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución N° 84/2006

Reg. N°: 103/06

Bs. As., 21/2/2006

VISTO el Expediente N° 1.120.532/05 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) y la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 42 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que lo pactado significa la actualización de los valores de viáticos, y adscripciones, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 257/97 que rige para los trabajadores representados, con vigencia a partir del 1 de Agosto de 2005.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mencionado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que circunscribe a la coincidencia de la actividad principal de la empresa signataria con la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a foja 42 del Expediente N° 1.120.532/05.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo, obrante a foja 42 del Expediente N° 1.120.532/05.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese al Departamento de Relaciones Laborales N° 1 para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 257/97.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación del Acuerdo homologado, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 27 días del mes de mayo de 2005, se reúnen, por una parte, los Sres. JOSE MAGNO, Juan MANFREDI y Walter ELGUERO, todos ellos en representación de la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONIAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS (en adelante F.O.P.S.T.T.A.), y por la otra parte los Sres. Raúl GIORDANENGO, Roberto MINVIELLE y Daniel DI FILIPPO en representación de TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., en adelante la EMPRESA, quienes acuerdan lo siguiente:

PRIMERO: Se celebra un acuerdo sobre viáticos en el marco del C.C.T. 257/97 quedando fijados los siguientes valores conforme el siguiente detalle:

CONCEPTO

$

FORMA DE PAGO

Viáticos por comisiones y adscripciones

   

Desayuno

4

Monto diario

Almuerzo

16

Monto diario

Cena

16

Monto diario

Alojamiento

43

Monto diario

Gastos Menores

6

Monto diario

SEGUNDO: El presente acuerdo tendrá vigencia a partir del 1/8/05 previa homologación, que será solicitada por cualquiera de las partes a la Autoridad de Aplicación.

En prueba de conformidad se firman 4 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

Expediente N° 1.120.532/05

Buenos Aires, 28 de Febrero de 2006

De conformidad con lo ordenado en la Resolución S T N° 84/06, se ha tomado razón del Acuerdo obrante a fojas 42 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 103/06. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dpto. Coordinación – D.N.R.T.