MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución N° 747/2006

Registro N° 712/06

Bs. As., 19/10/2006

VISTO el Expediente N° 1.171.857/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente N° 1.171.856/06, obra el Acuerdo celebrado por la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE FARMACIAS y la empresa A.B.C. SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo las precitadas partes acordaron, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 414/05 abonar una suma no remunerativa de CIEN PESOS ($ 100.-) en concepto de viáticos a todos los trabajadores que presten servicios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que en cuanto a la vigencia será a partir del 10 de mayo de 2006.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado por la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE FARMACIAS y la empresa A.B.C. SOCIEDAD ANONIMA, que luce a foja 2 del Expediente N° 1.171.857/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo, obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.171.857/6.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Posteriormente gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 414/05.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.171.857/06

Buenos Aires, 24 de Octubre de 2006

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST 747/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 712/06. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

Entre la ASOCIACION DE EMPLEADOS DE FARMACIAS, en adelante denominada "ADEF", por una parte y en representación de los Trabajadores, con Personería Gremial otorgada por Resolución Número 000142 de fecha 20/09/1954, inscripta en el registro respectivo bajo el número 000265 con carácter de entidad gremial de Primer grado, con domicilio legal en la calle Rincón 1044, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Secretario General Adjunto, Dr. Víctor Carricarte, DNI 17.031.654, t. 67 f. 111 CPACF; y por la otra, en representación de ABC S.A., lo hace el Sr. Ramón Felipe Carreras, DNI N° 8.706.346, en su carácter de Apoderado, constituyendo domicilio en calle Jujuy 570 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante denominada LA EMPRESA, convienen en celebrar el presente Acuerdo.

PRIMERA: Las partes manifiestan que han arribado al siguiente acuerdo: LA EMPRESA abonará mensualmente a partir de la homologación del presente acuerdo por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la suma de $ 100 no remunerativos en concepto de viáticos (días de concurrencia efectivamente), a todos sus trabajadores que presten servicios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluidos aquellos que ingresen a partir de la entrada en vigencia (10/05/06) del presente convenio. La citada suma será abonada por encima de todos los ítems salariales que corresponden de acuerdo al C.C.T. 414/05, instrumentándose bajo la modalidad de Tickets restaurant. Se aclara que el presente acuerdo entra en vigencia a partir de la fecha de su homologación.

SEGUNDA: Las partes firmantes del presente, se comprometen a solicitar en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social la correspondiente homologación.

En prueba de conformidad, se suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 15 días del mes de Mayo del año 2006.