PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 877/2006

Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006.

Bs. As., 22/11/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0333765/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, aprobado por la Ley Nº 26.078 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 679 de fecha 30 de mayo de 2006, se homologó el acta acuerdo y anexos de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional de fecha 12 de mayo de 2006.

Que en consecuencia, el mencionado Decreto dispuso un incremento de las retribuciones mensuales, normales, regulares y permanentes para el personal de planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), entidad autárquica en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, comprendido en el régimen de la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, consistente en un DIEZ POR CIENTO (10%) a partir del 1 de junio de 2006 y en un NUEVE POR CIENTO (9%) a partir del 1 de agosto de 2006.

Que ambos incrementos salariales no se encuentran contemplados en el presupuesto vigente del Organismo, por lo que resulta necesario modificar el mismo a fin de permitirle cubrir el pago de los haberes del personal.

Que el citado Instituto regula sus relaciones laborales en el marco de la Ley Nº 20.744 y sus normas reglamentarias y complementarias, y en concordancia con el Decreto Nº 707 del 22 de junio de 2005 se hace necesario regularizar la situación de las personas contratadas bajo regímenes asimilados al establecido por el Decreto Nº 1184 del 20 de septiembre de 2001.

Que para desarrollar la actividad que le compete por ley, el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), de acuerdo al inciso a) del Artículo 90 del texto ordenado aprobado como Anexo I del Decreto Nº 260 del 20 de marzo de 1996, integra su patrimonio con los aranceles y anualidades emergentes de las leyes que aplica y las tasas que percibe como retribución por los servicios adicionales que presta, y que dichos aranceles y anualidades fueron incrementados por el Decreto Nº 878 del 12 de julio de 2006, lo que trajo aparejado un significativo mayor ingreso para el Instituto.

Que la modificación en la estructura arancelaria se dispuso por cuanto la misma constituye una fuente de recursos genuinos, imprescindible para obtener un mejor rendimiento del Organismo.

Que asimismo se logra un importante aumento de las presentaciones de solicitudes registrales del Instituto, lo que también se refleja en una mayor recaudación del mismo.

Que en ese sentido se hace necesario proceder a elevar distintas partidas presupuestarias, a fin de dotar al INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) de los recursos necesarios para alcanzar una mayor eficiencia y eficacia operativa.

Que con el objeto de atender la totalidad de las remuneraciones como así también dotar de mayores recursos presupuestarios al Organismo para el logro de sus objetivos, resulta necesario incrementar el presupuesto vigente del citado Instituto.

Que dicho incremento será financiado exclusivamente con recursos propios.

Que la presente medida se encuentra amparada en la disposición establecida en el Artículo 9 de la Ley Nº 26.078.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli.

———

NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.