MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 730/2006

Registro Nº 721/06

Bs. As., 13/10/2006

VISTO el Expediente Nº 460/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 y 4/5 obran los Acuerdos suscriptos entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS —REGION SUR— Delegación Ushuaia y la DIRECCION PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dichos Acuerdos las partes mencionadas procedieron a modificar el Artículo 5º incisos 40 y 41 del Convenio Colectivo de Trabajo ut supra señalado.

Que cabe dejar constancia que la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS ratificó los acuerdos de marras según acta de foja 41, siendo dicha entidad la signataria del referido instrumento convencional.

Que asimismo corresponde poner de resalto que a foja 29 ambas partes efectuaron una aclaración, la que formará parte integrante de los Acuerdos a homologarse.

Que el ámbito territorial y personal de los mismos se corresponden con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos los mentados Acuerdos.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárense homologados los Acuerdos celebrados, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57/75, por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS —REGION SUR— Delegación Ushuaia y la DIRECCION PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS obrantes a fojas 2/3, 4/5 y 29 del Expediente Nº 460/05, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre los Acuerdos obrantes a fojas 2/3, 4/5 y 29 del Expediente Nº 460/05.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Posteriormente gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57/75.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, SECRETARIA DE TRABAJO.

Expediente Nº 460/05

Buenos Aires, 31 de Octubre de 2006

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST 730/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3, 4/5 y 29 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 721/06. — VALERIA A. VALETTI, REGISTRO CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO, DTO. COORDINACION - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO DPOSS Nº 04/2005

En la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los 28 días del mes de Diciembre de 2004 el Sindicato de Trabajadores de Obras Sanitarias —Región Sur— Delegación Ushuaia, representado en este acto por los señores: Vocal Titular 2do. y Congresal Titular 1ro. Dn. Soria Pacífico Alberto, Congresal Titular 6to. Dn. Cano José Cayetano y Congresal Suplente 2do. Dn. Moreno Ignacio Antonio por una parte y por la otra la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios representada por su Presidente designado por Decreto Provincial Nº 429/04, Eduardo Adán MERCADO y el Director Provincial designado por Resolución DPOSS Nº 301/04, Alfredo Aníbal GODOY, en adelante ambos denominados LA DIRECCION; adjuntando copias certificadas de los actos administrativos mencionados que forman parte de la presente, convienen lo siguiente:

PRIMERO: Las partes acuerdan restablecer lo estipulado en el Articulo 40° y 41° del Convenio Colectivo de Trabajo 57/75, a la situación de esta Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios - Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, ello de conformidad a las particularidades de la relación laboral existente entre el empleador y los trabajadores encuadrados en la mencionada convención colectiva. Conforme lo expuesto, ambas partes acuerdan que:

INGRESOS: El ingreso a la DIRECCION en todos los casos, en los siguientes agrupamientos, áreas y clases determinadas en el "Escalafón único Funcional y Móvil" se realizará por intermedio de la BOLSA DE TRABAJO. Los aspirantes para el ingreso deberán en todos los casos reunir las condiciones necesarias para el puesto a cubrir.

VACANTES: Al producirse una vacante o la creación de nuevos puestos, LA DIRECCION designará al agente conforme al siguiente procedimiento:

1º Se designará en primer término al agente más antiguo que reviste en la misma tarea, especialidad y clase inmediata inferior en el servicio y que posea la capacidad necesaria para el puesto a cubrir.

2º No dándose la instancia del punto anterior, se procederá al cubrimiento con agentes del servicio que revistan en área de la tarea a cubrir, conforme antigüedad y capacidad referida en el Punto 1º).

3º No existiendo agentes para el cubrimiento de una vacante según lo indicado en los puntos 1 º y 2º se procederá a cubrir la misma mediante la BOLSA DE TRABAJO.

SEGUNDO: Al momento de que un agente pase a retiro por acogerse al beneficio de la jubilación Ordinaria, tendrán prioridad para cubrir esa vacante un hijo del agente jubilado siempre y cuando reúnan las condiciones establecidas en las reglamentaciones vigentes y que posea la capacidad necesaria para el puesto a cubrir, dentro de los noventa (90) días de producido el evento.

TERCERO: En caso de fallecimiento de un agente podrá cubrir la vacante que deja el mismo su cónyuge y/o concubina declarada legalmente o en su defecto un hijo mayor de edad, dentro de los noventa (90) días de producido el evento.

No siendo para más, y en prueba de conformidad, se firma al pie para constancia en el lugar y fecha up-supra mencionadas.

ACTA ACUERDO DPOSS Nº 05/2005

En la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los 28 días del mes de Diciembre de 2004 el Sindicato de Trabajadores de Obras Sanitarias —Región Sur— Delegación Ushuaia; representado en este acto por los señores: Vocal Titular 2do. y Congresal Titular 1ro. Dn. Soria Pacífico Alberto, Congresal Titular 6to. Dn. Cano José Cayetano y Congresal Suplente 2do. Dn. Moreno Ignacio Antonio por una parte y por la otra la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios representada por su Presidente designado por Decreto Provincial Nº 429/04, Eduardo Adán MERCADO y el Director Provincial designado por Resolución DPOSS Nº 301/04, Alfredo Anibal GODOY, en adelante ambos denominados LA DIRECCION; adjuntando copias certificadas de los actos administrativos mencionados que forman parte de la presente, convienen lo siguiente:

PRIMERO: Las partes acuerdan adecuar lo estipulado en el Artículo 49° del Convenio Colectivo de Trabajo 57/75 - DIA DE OBRAS SANITARIAS DE LA NACION Y DEL TRABAJADOR DE OBRAS SANITARIAS, en el segundo y tercer párrafo, a la situación de esta Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios - Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, ello de conformidad a las particularidades de la relación laboral existente entre el empleador y los trabajadores encuadrados en la mencionada convención colectiva y el régimen jubilatorio especial que rige para los empleados de la Administración Pública Provincial. Conforme lo expuesto, ambas partes acuerdan que:

a) El día 15 de mayo de cada año, la empresa acordará asueto con goce de haberes a todo el personal, con excepción del indispensable para la atención del servicio a quien se le concederá franco compensatorio.

b) La empresa entregará como reconocimiento por los servicios prestados, una medalla de plata a los agentes que hayan cumplido VEINTE (20) años de servicio continuos en la misma, una medalla de oro a los agentes que cumplan VEINTICINCO (25) años de servicios continuos.

c) La empresa otorgará una gratificación extraordinaria y no remunerativa equivalente a un (1) mes íntegro de sus haberes, al personal que se acoja al beneficio de Jubilación Ordinaria, monto este que se hará efectivo al momento de presentar la renuncia a tal fin.

SEGUNDO: Se deja establecido que el presente acuerdo tiene vigencia a partir del día de la fecha.

Las partes ponen de manifiesto su conformidad a lo acordado por el presente, ello en las mejores condiciones laborales posibles.

No siendo para más, y en prueba de conformidad, se firma al pie para constancia en el lugar y fecha up-supra mencionadas.

ACTA ACUERDO DPOSS Nº 06/2005

En la ciudad de Ushuaia, capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a los veintitrés días del mes de septiembre de 2005, se reúnen en las instalaciones de la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios, el Sr. Presidente Dn. Eduardo Adán Mercado por una parte y por la otra parte el Sindicato de Trabajadores de Obras Sanitarias Región Sur - Delegación Ushuaia, representado en este acto por sus representantes Gremiales: Vocal Titular 2do. y Congresal Titular 1ro. Dn. Soria Pacífico Alberto, Congresal Titular 6to. Dn. Cano José Cayetano y Congresal Suplente 2do. Dn. Moreno Ignacio Antonio; a efectos de analizar la situación salarial por la cual están atravesando los trabajadores de la D.P.O.S.S.

Ambas partes, y en virtud del acuerdo arribado con todos los trabajadores de la Dirección, consideran la necesidad de acordar una ayuda económica al poder adquisitivo del bolsillo del trabajador y hasta tanto se discutan en el marco de acuerdos paritarios, una nueva escala salarial; considerando los límites presupuestarios y los recursos económicos del ente. Todo esto acompañado por aumentos en la productividad, reflejando el esfuerzo por el cual se encuentra abocado el personal de la repartición.

ACUERDAN: Establecer a partir del 01 de Septiembre de 2005 una ayuda económica al poder adquisitivo del bolsillo del trabajador; hasta tanto se discutan en el marco de acuerdos paritarios una nueva escala salarial y/o se establezca un aumento salarial otorgado por el Poder Ejecutivo Provincial, dejando constancia que el mismo deberá absorber la suma acordada en la presente; consistente en: de la CLASE I a la XXIV inclusive del C.C.T. 57/75, una suma de PESOS CUATROCIENTOS ($ 400,00).

La presente ayuda económica, tendrá carácter Remunerativo y No Bonificable, sin incidencia sobre horas extras, guardias de emergencias, guardias rotativas, extensión de jornada de labor y no pudiéndose ser tomado en cuenta para incrementar y/o modificar cualquier otro concepto salarial.

En razón de alcanzar las expectativas plasmadas, se considera necesario fijar objetivos, consistentes en:

- Mejoramiento en el empadronamiento de nuevos usuarios por extensión de redes domiciliarias y toda otra novedad que surja del relevamiento catastral, como así también las que se efectúan con el reparto de boletas por servicios sanitarios; las que se efectivizan en la facturación del servicio.

- Adecuación e implementación de un nuevo Régimen Tarifario que sustente la actividad de la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios, garantizando la prestación del servicio, como el cumplimiento de sus obligaciones económicas financieras, que redundan en beneficio de la comunidad toda.

- Intensificar el relevamiento de redes domiciliarias, para la detección de conexiones clandestinas y su posterior incorporación al sistema de cobranzas, como así también la ubicación de conexiones con pérdidas de agua potable para evitar el derroche de la misma.

- Agilizar el sistema de Régimen Especial de Regularización y Cancelación de Deudas para hacerlo mas eficiente y efectivo, el Sistema de Prevención de Mora, mediante notificaciones domiciliarias al usuario del servicio con un seguimiento personalizado de las mismas.

- El personal de la D.P.O.S.S., se compromete a continuar trabajando en pos de garantizar un óptimo servicio público, colaborando con el Ente, bregando para ello constantemente con esfuerzo y dedicación, en el marco de sus misiones y funciones.

- La Dirección se compromete a llevar a cabo las acciones necesarias tendientes a adecuar y actualizar el parque automotor; como así también para proyectar las obras edilicias que se requieren, para que el personal desarrolle normalmente sus tareas cotidianas.

Las partes se comprometen en presentar el acuerdo que antecede en la Delegación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, solicitando su homologación a cuyos fines expresamente se someten al dictamen del mencionado Organismo.

No siendo para más, y en prueba de conformidad, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha supra mencionados.

ACTA DE AUDIENCIA

En la ciudad de Río Grande a los 10 días de abril de 2006 siendo las 14:20 hs. en sede de esta Agencia Territorial Río Grande, se deja constancia que no comparecieron representantes del Sindicato de Trabajadores de Obras Sanitarias Región Sur, y en representación de la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios de la ciudad de Ushuaia el Dr. Mario Alberto GARCIA DOCAMPO quien presenta su Poder General Judicial ante Escribanía General del Gobierno, y manifiesta lo siguiente:

En la Acta Acuerdo DPOSS Nº 4 suscripta con fecha 28-12-04 a fs. 2 del presente Expediente, contenía un error material en lo estipulado en la cláusula 1ª de dicho acuerdo, y decía "Artículo 40° y 41° del Convenio Colectivo de Trabajo 57/75" debiendo decir "Artículo 5, Inciso 40 y 41". Esta situación fue rectificada y firmada por las mismas partes que habían suscripto la original, elevándose esta acta acuerdo por triplicado en los estrados del ministerio de trabajo de la ciudad de Comodoro Rivadavia y con referencia al Expte. 1-222-460/05, salvando este error material, esta parte ratifica todo lo suscripto en las restantes actas. Atento a la incomparecía del Sindicato de Trabajadores de Obras Sanitarias Región Sur, y el signatario del convenio FENTOS, se solicita se los convoque para su ratificación de las precitadas actas en la ciudad de Buenos Aires.

Sin más, manifiesta que no tiene más que agregar, por lo que se cierra esta acta de audiencia firmando dos copias de igual tenor ante el funcionario actual.