MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

Resolución Nº 52/2006

Registro Nº 235/2006

Bs. As., 8/5/2006

VISTO el Expediente Nº 1.165.246/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones tramita el Acuerdo alcanzado entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS por la parte gremial y la Empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA por la parte patronal, obrante a foja 3/4 de las actuaciones citadas en el Visto.

Que los agentes negociales acuerdan establecer que, las empresas que realicen trabajos de actividad dentro del ámbito territorial a cargo de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS, retendrán y depositarán en la cuenta del SGBATOS el 0,50% de la suma total que facturen o liquiden.

Que dicho aporte será destinado por el SGBATOS al desarrollo de programas de formación, capacitación entrenamiento, promociones y becas entre otros, a favor de los afiliados.

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral".

Que analizados los puntos que integran el Acuerdo en consideración, es dable manifestar que el ámbito territorial y personal del mismo, se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS por la parte gremial y la Empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA por la parte patronal, obrante a foja 3/4 del Expediente Nº 1.165.246/06 conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo obrante a foja 3/4 del Expediente Nº 1.165.246/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento de Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias y procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán preceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. GUILLERMO E. J. ALONSO NAVONE, Subsecretario de Relaciones Laborales, M.T.E. y S.S.

Expediente Nº 1.165.246/06

Buenos Aires, 11 de Mayo de 2006

De conformidad con lo ordenado en la Resolución SSRL Nº 52/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 235/06.

ACTA ACUERDO

En la ciudad autónoma de Buenos Aires a los 17 días del mes de Abril del año 2006 se reúnen, por una parte, la empresa Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima, representada por su presidente Dr. CARLOS HUMBERTO BEN —en adelante AySA— y por la otra parte el Sindicato Gran Buenos Aires de Trabajadores de Obras Sanitarias, representado en este acto por su Secretario General Sr. JOSE LUIS LINGERI, en adelante —SGBATOS—; y considerando:

Que se han reunido para hacer el presente acuerdo que permite abordar cuestiones que podrían derivar en situaciones de encuadramiento gremial que, se pueden presentar en la ejecución de planes de inversión en el ámbito de la empresa AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A.

Que en virtud de ello, desde el 23 de marzo de 2006 en adelante, los firmantes promueven este acuerdo para su homologación por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, tal como el antecedente preexistente reconocido por Resolución S.T. numero 167/04 y Resolución, M.T.E. y S.S. número 466/04.

Que este acuerdo será aplicable a las empresas que realicen trabajos de construcción, ampliación, reparación, rehabilitación, mejora, remodelación y/o cualquier otra actividad de ejecución o mantenimiento en instalaciones de agua potable o desagües cloacales en el ámbito territorial a cargo de AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS sociedad anónima o que ésta apruebe.

Que entre los objetivos del presente se incluye articular conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes aplicadas a tareas técnico-operativas, con el propósito de dar respuesta cada vez mas pertinente y adecuada a los parámetros de calidad, seguridad y precisión orientadas a la misión y función de los trabajadores afiliados al SGBATOS.

Por ello ACUERDAN:

Primero: El que resulte comitente retendrá, liquidará y depositará en las cuentas que respectivamente para sus ámbitos indiquen el S.G.B.A.T.O.S., el 0,50% de la suma total que certifiquen, facturen y/o perciban las empresas que realicen trabajos de ejecución, ampliación, reparación, rehabilitación, renovación, construcción, mejora, mantenimiento y remodelación de instalaciones de los servicios sanitarios de agua potable y/o desagües cloacales en el ámbito territorial actual y los que en el futuro le fueren asignados a AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS sociedad anónima o de las que las puedan suceder, cualquiera sea la fuente de financiamiento del contrato u orden de compra que se emita.

Segundo: Esta retención rige desde el 22 de marzo de 2006 y el depósito de las sumas correspondientes se realizará dentro de los cinco días de emitido el certificado o factura y/o conformando el documento de pago, en la cuenta, número 28239/82 del Banco de la Nación Argentina (Sucursal Plaza de Mayo) a nombre del Sindicato Gran Buenos Aires de Trabajadores de Obras Sanitarias (CUIT 33- 52006377-9).

Tercero: Este aporte será destinado al desarrollo, por parte del S.G.B.A.T.O.S, a:

a)- Programas de Asistencia Social para los afiliados

b)- Programas de formación, capacitación, entrenamiento, actualización y/o especialización del personal de las empresas proveedoras o de construcción aportantes, así como los afiliados del SGBATOS.

c)- Promociones, becas o entrenamiento para los hijos de los afiliados de manera que puedan contar con una mejor preparación para desempeñar tareas en las empresas proveedoras, constructoras, o en las propias de AySA.

Cuarto: Todo el persona que preste tareas de operación y mantenimiento de las instalaciones, con independencia del tipo de empresas o su constitución, u origen de los recursos financieros o calidad del comitente se encuadrará en el Convenio Colectivo de Trabajo de la actividad, sus modificaciones posteriores y ANEXOS que pudieran acordarse con A.yS.A. sociedad anónima.

Quinto: El presente acuerdo es suscripto por las partes —que adoptaran los recaudos para conocimiento de los que deban intervenir— y solicitará su homologación ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a cuyo efectos se designa al señor ROBERTO NOWICKI (DNI 14.090.856) para todo otro trámite que sea menester al fin de su homologación, aprobación y cumplimiento.

En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento del presente.

e. 29/11 N° 530.387 v. 29/11/2006