MINISTERIO DEL INTERIOR

Resolución 2615/2006

Facúltase al Secretario de Seguridad Interior a disponer el desplazamiento de las Fuerzas de Seguridad Federales con el fin de garantizar las tareas de custodia de las elecciones generales y a elecciones internas abiertas y simultáneas provinciales que se realizarán en la Provincia de Entre Ríos.

Bs. As., 28/11/2006

VISTO el Expediente Nº S02:0018175/2006, del registro de este Ministerio y la Nota enviada por el señor Gobernador de la Provincia de Entre Ríos de fecha 25 de octubre de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que por los Decretos Provinciales Nº 5056/ 06 y 5057/06 se ha convocado a elecciones generales y a elecciones internas abiertas y simultáneas provinciales para los días 18 de marzo de 2007 y 17 de diciembre de 2006, respectivamente.

Que, el pedido del señor Gobernador referente a las tareas pertinentes de seguridad y custodia de los comicios, resulta ser muy específico en cuanto a que solicita que las mismas estén a cargo de la "V" Agrupación "ENTRE RIOS" de la GENDARMERIA NACIONAL, debido a que tradicionalmente es éstaquien lo viene realizando tradicionalmente.

Que en virtud de ello resulta conveniente encomendar en el señor Secretario de Seguridad Interior la facultad de disponer de las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES que crea necesarias con el fin de garantizar las tareas de custodia electoral requerida.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1066 y Nº 1067 del 20 de agosto de 2004.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1º — Facúltese al señor Secretario de Seguridad Interior a disponer el desplazamiento de las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES que crea necesarias con el fin de garantizar las tareas de custodia de las elecciones generales y a elecciones internas abiertas y simultáneas provinciales que se realizarán en la Provincia de Entre Ríos, los días 18 de marzo de 2007 y 17 de diciembre de 2006, respectivamente.

Art. 2º — Las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES designadas tendrán a su cargo las funciones de coordinación y ejecución referentes a las medidas de seguridad que establece la legislación electoral aplicable, como así también las destinadas a facilitar la observancia de las demás disposiciones legales vinculadas con el acto comicial y, en particular, la vigilancia de los locales donde funcionen las mesas receptoras de votos y, la custodia de las urnas así como la documentación durante su transporte y hasta la finalización del escrutinio definitivo.

Art. 3º — Las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES designadas con sus efectivos, asegurará la normalidad del acto, de acuerdo con las disposiciones legales y actuará, desde CINCO (5) días antes y hasta SIETE (7) días después de celebrado el acto, y requerirá del gobierno local la máxima colaboración y la subordinación de la policía provincial dentro del mismo lapso.

Art. 4º — Autorízase a las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES designadas y al solo efecto del cumplimiento de la presente Resolución, a impartir órdenes, adoptar medidas para asegurar el mejor cumplimiento de su cometido y a mantener relación directa con el gobierno local y organismos nacionales, los que le prestarán colaboración en el máximo grado de sus posibilidades.

Art. 5º — Considérense como actos de servicio las distintas misiones que, en cumplimiento de lo dispuesto por la presente Resolución, sean encomendadas a las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES, subordinadas a la custodia de dicho comicio y que se designen al efecto.

Art. 6º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución deberá ser atendido con cargo a la Provincia de Entre Ríos.

Art. 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández.