MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 278/2006

Registro Nº 290/06

Bs. As., 23/05/2006

VISTO el Expediente Nº 1.167.691/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/2 del Expediente Nº 1.167.691/05, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION PERSONAL DE SEGURIDAD DE LA REPUBLICA ARGENTINA (U.P.S.R.A.), por la parte gremial y la COMPAÑIA METROPOLITANA DE SEGURIDAD SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación invocada y la facultad de negociar colectivamente conforme constancias de autos.

Que el contenido del acuerdo en análisis tiene por finalidad ratificar la continuidad de las condiciones salariales y de trabajo del personal dependiente de COMPAÑIA METROPOLITANA DE SEGURIDAD SOCIEDAD ANONIMA afectado al objetivo de Subterráneos y Premetro, conforme surge de los términos y contenidos del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la representación personal y territorial de la entidad sindical signataria emergente de su personería gremial y al sector de la actividad de la parte empresaria firmante y de conformidad a lo expresamente pactado por las parles en el texto acordado.

Que se advierte que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo del derecho del trabajo encontrándose asimismo acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION PERSONAL DE SEGURIDAD DE LA REPUBLICA ARGENTINA (U.P.S.R.A., por la parte gremial y la COMPAÑIA METROPOLITANA DE SEGURIDAD SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, obrante a fojas 1/2 del Expediente Nº 1.167.691/06.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo, obrante a fojas 1/2 del Expediente Nº 1.167.691/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento de Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.167.691/06

Buenos Aires, 26 de Mayo de 2006

De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST Nº 278/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1/2 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 290/06. — VALERIA A. VALETTI, Registrado, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 11:00 horas del 8 de Mayo de 2006, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante la Sra. Secretaria de Trabajo Dra. Noemí RIAL y el Sr. Director de Negociación Colectiva Lic. Adrián CANETO; por parte de COMPAÑIA METROPOLITANA DE SEGURIDAD SOCIEDAD ANONIMA los Sres. Alberto CAINO y el Dr. José ZABALA; y por la UNION PERSONAL DE SEGURIDAD DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UPSRA) el Sr. Angel GARCIA y el Dr. Mario LIONETTI, todos acreditados en autos.

Iniciada la audiencia y luego de un largo intercambio de opiniones, LAS PARTES MANIFIESTAN:

1. La parte empresaria reconoce y habilita como único interlocutor legitimado para representar al personal que realiza tareas de seguridad y vigilancia en el ámbito de Subterráneos y Premetro, a la UNION PERSONAL DE SEGURIDAD DE LA REPUBLICA ARGENTINA aquí presente en los términos de la personería gremial vigente.

2. A tales fines y efectos, ratifican la continuidad de las condiciones salariales y de trabajo del personal dependiente de COMPAÑIA METROPOLITANA DE SEGURIDAD SOCIEDAD ANONIMA afectado al objetivo de Subterráneos y Premetro. A tal fin solicitan la constitución de la Comisión Negociadora dentro del plazo de diez días a efectos de instrumentar las condiciones salariales y laborables aplicables a dicho personal.

3. Ambas partes acuerdan incorporar al convenio que oportunamente suscriban el compromiso actual de la parte empleadora de mantener en el objetivo señalado al personal actualmente asignado al mismo. Ello en razón de la especificidad de la actividad y particularidades que implica la actividad del tren bajo nivel.

Sin perjuicio de ello, ambas partes aceptan que se analice en forma individual aquellos casos en los cuales el personal pudiere en el futuro no cumplir tareas propias de la actividad de seguridad y vigilancia.

Atento los términos del presente acuerdo, ambas partes solicitan al Ministerio de Trabajo que hagan saber los términos del presente acuerdo al Comité Arbitral de la CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO.

Leída y ratificado el presente acuerdo, las partes firman al pie en señal de plena conformidad ante mí que certifico.

SECTOR SINDICAL

SECTOR EMPLEADOR