Ministerio de Economía y Producción

PRESUPUESTO

Resolución 1019/2006

Apruébase el Presupuesto para el Ejercicio 2007 de la Empresa Ferrocarril General Belgrano Sociedad Anónima, actuante en el área de la Subsecretaría de Transporte Ferroviario de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

Bs. As., 20/12/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0397007/2006, del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto correspondiente al Ejercicio 2007 de la EMPRESA FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, actuante en el área de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la Ley Nº 24.156 de ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL contiene en el Título II, Capítulo III, el régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Reglamentario Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la Ley Nº 24.156, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION la aprobación de la presente medida.

Por ello,

LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Presupuesto para el Ejercicio 2007 de la EMPRESA FERROCARRIL GENERAL BELGRANO SOCIEDAD ANONIMA, actuante en el área de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente medida.

Art. 2º — Estímase en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MIL ($ 175.000) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS ($ 66.360.362) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS ($ 66.185.362), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 3º — Estímase en la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS ($ 66.360.362) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS ($ 66.360.362) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico estimado en PESOS CERO ($ 0), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 4º — Estímase en la suma de PESOS SETECIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS ($ 790.200) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS SETECIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS ($ 790.200) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero EQUILIBRADO para el Ejercicio 2007, de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Felisa Miceli.

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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar