Dirección General de Aduanas

PASOS FRONTERIZOS

Resolución 75/2006

Habilitación ocasional de Pasos Fronterizos para tareas de exploración de cuerpos mineralizados.

Bs. As., 21/12/2006

VISTO la ACTUACION SIGEA AFIP Nº 13659 – 64/2006 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO tramita la habilitación ocasional de Pasos Fronterizos para tareas de exploraciones mineras, para el proyecto minero de cobre y oro denominado "LAS FLECHAS".

Que el Paso RINCON DE LA FLECHA I se encuentra ubicado en las coordenadas 28º 46’ de latitud y 62º 42’ de longitud, en jurisdicción de la Aduana de SAN JUAN.

Que el Paso SIN NOMBRE – CORDON NEGRO se encuentra ubicado en las coordenadas 28º 47’ de latitud y 69º 42’ de longitud, en jurisdicción de la Aduana de SAN JUAN.

Que la solicitud de habilitación ocasional de los Pasos RINCON DE LA FLECHA I y SIN NOMBRE – CORDON NEGRO tienen su origen en la presentación efectuada por la empresa Desarrollo de Prospectos Mineros S.A. a los fines de desarrollar tareas de exploración minera en el período comprendido entre 26 de Diciembre de 2006 al 31 de Abril del 2007.

Que se cuenta con el informe del Ministerio de Planificación Federal en donde consta que el proyecto en trato se encuentra comprendido dentro del ámbito de aplicación del Tratado sobre Integración y Complementación Minera Argentino - Chileno.

Que la DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS DE CHILE dispuso la habilitación de ambos Pasos Fronterizos mediante Resolución Nº 5308 de fecha 18 de octubre de 2006.

Que las razones expuestas se encuentran comprendidas en el marco del Tratado de Integración y Complementación Minera Argentino – Chileno y el Acuerdo Complementario sobre Apertura y Cierre de Pasos Fronterizos suscripto con CHILE.

Que dadas las características geográficas y de acceso del lugar, se considera conveniente delegar el control del Régimen de Equipaje en el Escuadrón 25 "Jachal" de GENDARMERIA NACIONAL.

Que se cuenta con la conformidad de las Subdirecciones Generales de Control Aduanero y de Operaciones Aduaneras del Interior.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Habilitar con carácter precario, para el período comprendido entre el 26 de Diciembre de 2006 hasta el 31 de Abril de 2007, ambas fechas inclusive, los Pasos Fronterizos RINCON DE LA FLECHA I y SIN NOMBRE – CORDON NEGRO, ambos en jurisdicción de la Aduana de SAN JUAN, al sólo efecto de realizar tareas de exploraciones de cuerpos mineralizados.

Art. 2º — Delegar el Control del Régimen de Equipaje equipaje en el Escuadrón 25 "Jachal" de Gendarmería Nacional Argentina.

Art. 3º — Establecer que el registro de las destinaciones aduaneras a consumo definitivas o suspensivas se efectúen con fiscalización por parte del personal de la Aduana de jurisdicción correspondiente, con cargo a la empresa de los viáticos y transporte que se susciten en cumplimiento de la operatoria.

Art. 4º — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Cumplido, archívese. — Ricardo Echegaray.