MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Resolución N° 1002/2006

Bs. As., 20/12/2006

VISTO el Expediente N° S01:0331885/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, los Decretos Nros. 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, 975 de fecha 31 de julio de 2006 y la Resolución N° 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, sus normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, se aprobó, entre otras consideraciones, la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que por la Resolución N° 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se aprobaron las aperturas estructurales inferiores, de ese Ministerio.

Que resulta necesario proseguir con la adecuación organizativa iniciada por el Decreto N° 1359/ 04, en la parte correspondiente a la Dirección Nacional de Relaciones Económicas con las Provincias dependiente de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con el fin de facilitar el óptimo cumplimiento de las importantes responsabilidades que esta unidad tiene asignadas.

Que a tal efecto, se dictó el Decreto N° 975 de fecha 31 de julio de 2006, facultando al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a incluir DOS (2) unidades organizativas de nivel Dirección, en la Dirección Nacional citada en el considerando precedente.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del Decreto N° 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, y por la Resolución N° 422 de fecha 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Por ello,

LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Incorpórase a la Resolución N° 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las aperturas estructurales inferiores de la Dirección Nacional de Relaciones Económicas con las Provincias dependiente de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de conformidad con el Organigrama, Acciones y Dotación, que como Anexos l, ll, y IIIa, forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FELISA MICELI, Ministra de Economía y Producción.

ANEXO I

ANEXO II

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES ECONOMICAS CON LAS PROVINCIAS

DIRECCION DE ASISTENCIA INSTITUCIONAL

ACCIONES:

1.- Relevar las instituciones públicas responsables de la aplicación de las políticas económicas de dinamización productiva a nivel provincial y local, evaluando las respectivas capacidades operativas.

2.- Diseñar los vínculos institucionales con organismos públicos, provinciales y locales responsables de instrumentar las políticas económicas de dinamización productiva, para proveerles la asistencia técnica y capacitación necesarias para el fortalecimiento institucional de los mismos.

3.- Realizar el seguimiento de los marcos regulatorios provinciales y municipales, incluyendo en los mismos la política tributaria.

4.- Realizar el seguimiento de los indicadores de capacidad institucional, ambiente productivo y competitividad en la producción de bienes públicos y privados en las jurisdicciones provinciales y locales.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES ECONOMICAS CON LAS PROVINCIAS

DIRECCION DE ESTUDIOS

ACCIONES:

1.- Diseñar los indicadores que midan la capacidad institucional, el ambiente productivo y la competitividad en la producción de bienes públicos y privados en el ámbito provincial.

2.- Relevar las medidas económico-fiscales de los gobiernos provinciales y locales y sus impactos en las cuentas públicas.

3.- Evaluar el impacto fiscal y financiero que tienen sobre las cuentas públicas de los gobiernos provinciales y locales las medidas económicas impulsadas por el Gobierno Nacional.

4.- Diseñar metodologías para el cálculo de indicadores de asimetrías interprovinciales en lo referido al desarrollo económico.

ANEXO IIIa

e. 27/12 N° 533.936 v. 27/12/2006