INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO

Decreto 1926/2006

Desígnase Director del citado organismo descentralizado en la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos del Ministerio de Economía y Producción.

Bs. As., 26/12/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0182486/2006 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, su similar agregado sin acumular Nº S01:0229602/2006 del mismo Registro, la Ley Nº 21.673, los Decretos Nros. 1840 de fecha 10 de octubre de 1986, 993/91 T.O. 1995 y 491 de fecha 12 de marzo de 2002, sus normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 4º de la Ley Nº 21.673 se establecen las condiciones que debe reunir el Director del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que en la actualidad el cargo descripto en el considerando anterior se encuentra vacante, resultando oportuno proceder a su cobertura.

Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que el Licenciado en Economía Política D. Enrique Horacio MIZRAHI (M.I. Nº 4.526.210) reúne las condiciones de experiencia e idoneidad necesarias para desempeñarlo.

Que, conforme surge de los antecedentes presentados, el Licenciado en Economía Política D. Enrique Horacio MIZRAHI ha pertenecido a la CAMARA ARGENTINA LANGOSTINERA PATAGONICA, habiéndose desvinculado de la misma en fecha 26 de abril de 2006.

Que el Artículo 15 de la Ley Nº 25.188, sustituido por el Artículo 2º del Decreto Nº 862 de fecha 29 de junio de 2001, establece el procedimiento a seguir por aquellos funcionarios que se encontraran alcanzados por las incompatibilidades previstas en el Artículo 13 de la citada norma legal.

Que habiéndose cumplido con tal procedimiento, resulta necesario excusar al Licenciado en Economía Política D. Enrique Horacio MIZRAHI de participar en las gestiones en las cuales la CAMARA ARGENTINA LANGOSTINERA PATAGONICA sea parte.

Que el Decreto Nº 1840 de fecha 10 de octubre de 1986 y concordantes prevé, entre otras medidas, un régimen especial de compensación de los mayores gastos en que incurran los funcionarios convocados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL para cumplir funciones políticas, cuando su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN (100) kilómetros de la sede de los respectivos organismos que revistan.

Que el funcionario cuya designación transitoria se propicia por el presente decreto, tiene su residencia permanente en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, conforme lo acreditado con la documentación pertinente.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que se ha dado cumplimiento a la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, 6º de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, 4º de la Ley Nº 21.673 y 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Desígnase Director del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, al Licenciado en Economía Política D. Enrique Horacio MIZRAHI (M.I. Nº 4.526.210).

Art. 2º — Hágase lugar a la excusación presentada por el Licenciado en Economía Política D. Enrique Horacio MIZRAHI de intervenir en las gestiones en las cuales la CAMARA ARGENTINA LANGOSTINERA PATAGONICA sea parte.

Art. 3º — Inclúyese con carácter de excepción y mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN (100) kilómetros de la Ciudad de Mar del Plata (Provincia de BUENOS AIRES), dentro de las previsiones del Decreto Nº 1.840 de fecha 10 de octubre de 1986 y concordantes, al Licenciado en Economía Política D. Enrique Horacio MIZRAHI, designado Director del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, conforme lo dispuesto por el Artículo 1º del presente decreto.

Art. 4º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente de la Entidad 607 - INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli.