Ministerio de Economía y Producción

PRESUPUESTO

Resolución 1037/2006

Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2007 de Construcción de Vivienda para la Armada- Empresa del Estado (COVIARA).

Bs. As., 21/12/2006

VISTO el Expediente Nº 24.670/2006 del Registro de MINISTERIO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto del Ejercicio 2007 formulado por CONSTRUCCION DE VIVIENDA PARA LA ARMADA - EMPRESA DEL ESTADO (COVIARA), actuante en el área del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la Oficina Nacional de Presupuesto de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el Artículo 49 de la Ley Nº 24.156 y el Decreto Nº 1361 del 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial Nº 3 de la citada ley, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION la aprobación de la presente medida.

Por ello,

LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2007 de CONSTRUCCION DE VIVIENDA PARA LA ARMADA – EMPRESA DEL ESTADO (COVIARA), actuante en el área del MINISTERIO DE DEFENSA, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente resolución, respectivamente.

Art. 2º — Estímase en la suma de PESOS TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 30.872.764) los ingresos de operación y fíjase en la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($ 34.370.358) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($ 3.497.594), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 3º — Estímase en la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO ($ 37.347.571) los ingresos corrientes y fíjase en la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 35.853.592) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE ($ 1.493.979), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 4º Estímase en la suma de PESOS CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 14.467.957) los ingresos de capital y fíjase en la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3º de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2007 en PESOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 15.911.936), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Felisa Miceli.

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NOTA: Los anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar