INMUEBLES

Ley 26.194

Transfiérese a título gratuito un inmueble de propiedad del Estado Nacional, a la Municipalidad de Diamante, Provincia de Entre Ríos, con destino a ser utilizado como plaza pública.

Sancionada: Diciembre 6 de 2006

Promulgada: Enero 3 de 2006

El Senado y Cámara de Diputados

de la Nación Argentina reunidos en Congreso,

etc.

sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1º — Transfiérase a título gratuito a favor de la Municipalidad de Diamante, provincia de Entre Ríos, el dominio del inmueble del Estado nacional identificado catastralmente como manzana número 410 del Plano 13006 de la Planta Urbana de la ciudad de Diamante, con matrícula en el Registro de la Propiedad número 000001; y delimitado por las calles Islas Malvinas, San Martín, José Manuel Estrada y Bartolomé Mitre de dicha localidad.

ARTICULO 2º — La transferencia que se dispone en el artículo precedente se efectúa con cargo a que la beneficiaria destine el inmueble como plaza pública.

ARTICULO 3º — Los gastos que demande la presente ley estarán a cargo de la beneficiaria.

ARTICULO 4º — El Poder Ejecutivo adoptará las medidas pertinentes a los efectos de concluir esta transferencia en el término de SESENTA (60) días de la promulgación de la presente ley.

ARTICULO 5º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

—REGISTRADA BAJO EL Nº 26.194—

ALBERTO E. BALESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — ENRIQUE HIDALGO. — JUAN H. ESTRADA.