PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 1085/2006

Amplíase el Presupuesto de la Administración Nacional aprobado para el Ejercicio 2006.

Bs. As., 28/12/2006

VISTO el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el ejercicio 2006 aprobado por la Ley Nº 26.078 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 19 de enero de 2006 y la Ley Nº 26.124, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9º de la Ley Nº 26.078 contempla los supuestos y condiciones en los que el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrá disponer ampliaciones en los créditos presupuestarios de la Administración Central y su correspondiente distribución, financiados con incremento en los recursos con afectación específica.

Que, en dicho marco, resulta necesario adecuar el cálculo de recursos de la JURISDICCION 45 — MINISTERIO DE DEFENSA, SUBJURISDICCION 20 — MINISTERIO DE DEFENSA, con el fin de incorporar los mayores ingresos en concepto de dividendos originados en sus participaciones accionarias en las empresas del sector, así como por la venta de activos proveniente de la privatización de la ex - FABRICA MILITAR DE VAINAS Y CONDUCTORES ELECTRICOS (ECA).

Que consecuentemente deben preverse los créditos que posibiliten su inversión, en consonancia con el destino previsto para dichos fondos por la Ley Nº 24.045, la cual prevé su aplicación en gastos destinados a la reestructuración de las Fuerzas Armadas.

Que el citado artículo 9º de la Ley Nº 26.078, impone la obligación de aportar al TESORO NACIONAL el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de la mayor recaudación que se incorpore al presupuesto vigente al amparo del mismo.

Que asimismo debe determinarse el destino del incremento de recursos en cabeza del TESORO NACIONAL, producto del aumento que se propicia en el rubro CONTRIBUCIONES FIGURATIVAS.

Que la presente medida encuadra en las prescripciones que establecen los artículos 9º y 10 de la Ley Nº 26.078 y 1º de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Amplíase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL aprobado para el ejercicio 2006, de acuerdo al detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli. — Nilda C. Garré.

———

NOTA: Las planillas Anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la sede central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar