MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 859/2006

Registro Nº 809/2006

Bs. As., 21/11/2006

VISTO el Expediente Nº 1.194.324/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que bajo las presentes actuaciones tramita el Acuerdo alcanzado entre la ASOCIACION BANCARIA, por la parte gremial y el BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, por la parte empleadora, obrante a fojas 1/2, en los términos de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes pactan un incremento de CIENTO CINCUENTA PESOS ($ 150.-) mensuales en los vales (ticket restaurant) que perciben los trabajadores para almorzar fuera del establecimiento, quedando un total final por todo concepto de TRESCIENTOS PESOS ($ 300.-) mensuales, conforme surge de la cláusula primera del acuerdo de marras, con vigencia a partir del 1 de septiembre de 2006.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral".

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la representación personal y territorial de la entidad sindical signataria emergente de su personería gremial y al sector de la actividad de la parte empresaria firmante y de conformidad a lo expresamente pactado por las partes en el texto acordado.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA, por la parte gremial y el BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, por la parte empleadora, obrante a fojas 1/2, en los términos de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo obrante a foja 1/2 del Expediente Nº 1.194.324/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento de Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias y procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.194.324/06

Buenos Aires, 28 de Noviembre de 2006

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST 859/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 1/2 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 809/06. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dpto. Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires siendo las 12:30 horas del 2 de Noviembre de 2006, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Sr. José María HIERNARD, Coordinador del Departamento Control de Gestión, en representación de la ASOCIACION BANCARIA, el Dr. Juan José ZANOLA, Secretario General Nacional, el Sr. Gustavo DIAZ Secretario de Acción Gremial Nacional; asistidos por el Dr. Francisco ROJAS (h); en representación del BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, Rinaldo Hugo MUSCIA en su carácter de Gerente de Area de Desarrollo Humano y Capacitación, el Sr. Luis Alberto MARTINEZ Gerente Medio de Desarrollo Humano y Capacitación, Carlos Avelino ROZAS, Coordinador de Administración de Personal y el Dr. Ricardo Ignacio ORLANDO Asesor, se procede de total conformidad a acordar Io siguiente:

PRIMERO: EL BANCO incrementará con fecha retroactiva al 1.9.2006 los vales para almorzar fuera del establecimiento (ticket restaurant) en la suma de pesos 150,00 (ciento cincuenta) por mes, quedando un total final por todo concepto de 300,00 (trescientos) pesos mensuales.

SEGUNDO: El incremento de este beneficio social ha sido consensuado entre ambas partes sobre la base de la intención de EL BANCO de propender, dentro de sus posibilidades presupuestarias, a mejorar la calidad de vida de su personal.

TERCERO: Ambas partes solicitan la homologación del presente acta acuerdo, ello sin perjuicio de la vigencia que le otorgan a partir de su firma, en el día de la fecha.

Leída y RATIFICADA la presente acta Acuerdo, AMBOS SECTORES firman al pie de la presente, CUATRO (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto ante mí, que certifico.

ASOCIACION BANCARIA

BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

e. 15/1 Nº 533.065 v. 15/1/2007