MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Resolución N° 12

Bs. As., 15/1/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0059809/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto se ha llevado a cabo un proceso de investigación tendiente a determinar el carácter originario de ciertas prendas clasificadas en el ítem de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 6110.30.00, declaradas como originarias de HONG KONG.

Que como resultado de dicho proceso fue dictada la Resolución Nº 378 de fecha 18 de octubre de 2006 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que toda vez que en el Artículo 1º de la citada resolución se incurrió en un error material involuntario en los términos del Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991, el mismo deberá subsanarse. Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en función de lo dispuesto por el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Sustitúyese el Artículo 1º de la Resolución Nº 378 de fecha 18 de octubre de 2006, de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION por el siguiente:

"ARTICULO 1º.- Determínase que los certificados de origen Nros. 2M04C135457 de fecha 18 de agosto de 2004, 2M04C138557 de fecha 23 de agosto de 2004, 2M04C146666, 2M04C142894, 2M04C139765 y 2M04C146669 todos de fecha 6 de septiembre de 2004, emitidos por THE CHINESE MANUFACTURERS’ ASSOCIATION OF HONG KONG, resultan inválidos a efectos de satisfacer el requerimiento documental establecido por las Resoluciones Nros. 763 de fecha 7 de junio de 1996 y 381 de fecha 1 de noviembre de 1996 ambas del ex – MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS".

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. MIGUEL G. PEIRANO, Secretario de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa.

e. 17/1 Nº 536.008 v. 17/1/2007