ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 3656/2006

Establécese que a partir del 1º de enero de 2007, se incorpore como alternativa de contratación de personal, la denominada "Contrato de Trabajo a Plazo Fijo", contemplada en el Título III, Capítulo II, de la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo.

Bs. As., 27/12/2006

VISTO lo dispuesto por la Ley Nº 24.076 y su Decreto Reglamentario Nº 1738/92; la Ley Nº 20.744 (t.o.); el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional aprobado por Decreto Nº 214/2006 y

CONSIDERANDO:

Que el Ente Nacional Regulador del Gas fue creado en el año 1992 por el Art. 50 de la Ley Nº 24.076.

Que a través de la Resolución Nº 1/93, se aprobó la Estructura Orgánica del ENARGAS, con carácter provisorio, con su respectivo organigrama, acciones correspondientes a cada área y cargos, prevista con una dotación permanente de ciento treinta (130) agentes.

Que la Autoridad de este Organismo, a través del Acta de Directorio Nº 3 del 2 de abril de 1993, aprobó los modelos de convenios a celebrarse con las Facultades de Ciencias Económicas y de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, referidos a la contratación de personal para cumplir tareas temporarias en el Ente.

Que con el transcurso del tiempo, las organizaciones no deben permanecer indiferentes a los cambios ante la dinámica y exigencias existentes, a fin de optimizar el funcionamiento para el adecuado cumplimiento de las facultades conferidas por la Ley 24.076.

Que desde su creación hasta el presente, se han operado diversas adecuaciones en la estructura orgánica del Organismo, donde se modificaron algunas áreas, que implicaron un reordenamiento de las gerencias y unidades de coordinación.

Que como consecuencia de ello, se han dictado las Resoluciones Nros. 94/94; 327/96; 545/97 y 1698/00, todas ellas modificatorias de la Resolución Nº 1/93.

Que del pormenorizado análisis realizado sobre las acciones del Organismo al momento de evaluar la conveniencia de la creación de la Gerencia de GNC, surgió la necesidad de reorganizar la estructura vigente del Ente en su conjunto.

Que desde el inicio de sus funciones, las acciones de las distintas áreas del organismo han receptado las modificaciones propias de la experiencia regulatoria.

Que de este modo, mediante la Resolución Nº 3486 del 23 de marzo del 2006, finalmente se aprobó la actual estructura orgánica del ENARGAS.

Que este Directorio ha asumido un compromiso distinto con los ciudadanos, y en consecuencia, es menester la implementación de una reestructuración del Organismo a nivel nacional, a fin de contar con una plantilla de personal, que pueda brindar una óptima atención.

Que las categorías deben reflejar la función realmente ejercida por el personal, a la vez que configurar un esquema general que incentive el desarrollo individual y la promoción por mérito, lo que redundará en beneficio de la organización, siendo éstos criterios tenidos en cuenta para su redefinición.

Que en consecuencia, resulta necesario perfeccionar el accionar operativo de las distintas unidades organizativas que conforman este Ente Nacional, estableciendo las aperturas inferiores.

Que por otro lado, corresponde dotar al Organismo de una nueva estructura escalafonaria que permita el logro de las metas planteadas, resultando para ello necesario incrementar los cargos en el actual esquema, a fin de mejorar la capacidad de gestión del Ente.

Que hasta tanto se logre la reestructuración aludida, el Directorio del ENARGAS ha debido cubrir las posiciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones propias, con personal adherido al Convenio con la Universidad de Buenos Aires vigente, aprobado por el Acta mencionada ut supra.

Que con motivo del reciente dictado de disposiciones aplicables a la cuestión descripta precedentemente, resulta necesario permitir la adecuación de la situación actual del personal comprendido en el régimen de asistencia descripto, a la modalidad aprobada por la normativa vigente.

Que la Ley 24.076 que rige el funcionamiento de esta Autoridad Regulatoria, establece en su Art. 60, que las relaciones del ENARGAS con su personal, se rige por la Ley de Contrato de Trabajo.

Que asimismo, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado el 27/02/2006 por Decreto Nº 214/06, incluye dentro del personal comprendido en dicha negociación colectiva, al personal de esta Autoridad Regulatoria, conforme surge de su Anexo II.

Que es justamente esa convención laboral la que en su Art. 18º prevé dentro de su órbita al personal no permanente, describiendo en su Título III, Capítulo II, las disposiciones específicas para dicha modalidad de trabajo.

Que también dicho compendio establece en su Art. 160, que el Estado empleador se compromete a continuar revisando la normativa que regula las demás modalidades de contratación y de vinculación de personas con las jurisdicciones y entidades descentralizadas comprendidas, y a promover las acciones necesarias para limitar la aplicación de las modalidades distintas de las previstas en el Artículo 9º de la Ley Nº 25.164 o de las modalidades correspondientes de la Ley de Contrato de Trabajo, según sea su caso.

Que asimismo, las partes acuerdan proponer y analizar conjuntamente las medidas y mejores prácticas que promuevan la mayor calidad y efectividad de las prestaciones laborales así como su oportuna aplicación en todo el ámbito del presente.

Que en la actualidad, por las razones enunciadas precedentemente, desarrollan actividades en este Ente Regulador, personas adheridas al Convenio de Asistencia Técnica celebrado con la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires.

Que por lo expuesto y con relación a dichas personas, el ENARGAS incorporará la modalidad de Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, prevista en el Título III, Capítulo II, Artículos 93; 94 y 95 de la Ley Nº 20.744 (t.o.), en total concordancia con lo establecido para el personal de planta no permanente, por el Convenio Colectivo General vigente.

Que a fin de poder adoptarse la nueva modalidad tratada en autos, se deberá aprobar el modelo de contrato que se utilizará en el Organismo, para regir las relaciones laborales enmarcadas bajo la misma.

Que al respecto, el modelo obrante a fojas 3/ 4 parece contemplar los aspectos formales y sustanciales requeridos para la implementación del tipo de contratación objeto del presente.

Que por otra parte, con el fin de no variar compulsivamente las condiciones actuales del personal bajo el convenio con la UBA, corresponde que el mismo pueda tener la opción de acogerse a la modalidad incorporada por la presente, o bien continuar con el Convenio de Asistencia Técnica con la Universidad de Buenos Aires vigente.

Que es de aclarar, que la Gerencia de Administración de este Organismo, a través de su Memorandum GA Nº 289/06 obrante a fojas 2 informa que existe crédito presupuestario para afrontar los mayores costos que impliquen el cambio de modalidad propuesta.

Que en estos autos se ha requerido la intervención del servicio jurídico permanente del organismo que ha emitido el Dictamen Legal Nº 39/07 de acuerdo a lo establecido en el art. 7º de la Ley de Procedimientos Administrativos.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, a través de su Directorio, se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Artículo 59 inciso d) de la Ley Nº 24.076.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Disponer que a partir del 1º de enero de 2007, se incorpore como alternativa de contratación de personal, la denominada como "Contrato de Trabajo a Plazo Fijo" contemplada en el Título III, Capítulo II, Artículos 93; 94 y 95 de la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo.

Art. 2º — Apruébase el Modelo de Contrato de Trabajo a Plazo Fijo que adoptará el Organismo, el cual quedará redactado conforme surge del Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Oficial y archívese. — Fulvio M. Madaro. — Ricardo D. Velasco. — Carlos A. Abalo.

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NOTA: Esta resolución se publica sin anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar y en el centro de Documentación e Información del ENARGAS.