JUSTICIA

Ley 26.220

Créase una Sala en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de la Capital Federal.

Sancionada: Diciembre 20 de 2006.

Promulgada de Hecho: Enero 15 de 2007.

El Senado y Cámara de Diputados

de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1ş — Créase UNA (1) Sala en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de la Capital Federal, la que se individualizará con la letra "F", y funcionará con UNA (1) Secretaría de Cámara.

ARTICULO 2ş — Créanse los cargos de Jueces de Cámara, Secretario de Cámara, del personal administrativo y de servicio que se detallan en el Anexo I de la presente ley.

ARTICULO 3ş — Las causas que ingresen al fuero serán distribuidas de acuerdo a la acordada que oportunamente dicte la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

ARTICULO 4ş — El Consejo de la Magistratura remitirá las ternas de candidatos al Poder Ejecutivo nacional, por intermedio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dentro de los CIENTO VEINTE (120) días de la publicación de la presente.

ARTICULO 5ş — La presente ley se implementará una vez que se cuente con el crédito presupuestario necesario para la atención del gasto que su objeto demande, el que se imputará al presupuesto del Poder Judicial de la Nación.

ARTICULO 6ş — Los magistrados, funcionarios y empleados que se designen para desempeñarse en los órganos judiciales sólo tomarán posesión de sus respectivos cargos cuando se dé la condición financiera precedentemente establecida.

ARTICULO 7ş — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.

— REGISTRADA BAJO EL Nş 26.220 —

ALBERTO BALESTRINI. — JOSE J. B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

ANEXO I

PODER JUDICIAL DE LA NACION

MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS

 

Jueces de Cámara

3

Secretario de Cámara

1

Subtotal

4

PERSONAL ADMINISTRATIVO Y TECNICO

 

Prosecretario de Cámara

2

Prosecretario Administrativo

1

Jefe de Despacho

1

Jefe de Despacho (relator)

4

Oficial Mayor

1

Oficial

2

Escribiente

2

Escribiente Auxiliar

2

Subtotal

5

PERSONAL DE SERVICIO, OBRERO Y MAESTRANZA

 

Medio Oficial

3

Subtotal

3

Total

22