ADMINISTRACION FEDERAL INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Nota Externa Nº 1/2007

Ref. Directiva CCM Nº 10/2006

Bs. As., 25/1/2007

De acuerdo con la Directiva CCM Nº 10/2006, relativa al procedimiento para el llenado del Certificado de Origen hasta tanto se complete la adaptación del Anexo I al Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional al ACE Nº 18 a la NCM-SA 2007, y teniendo en cuenta la Nota A.O.M Nº 353 del 26 de diciembre de 2006 del Area Origen de Mercaderías dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, se informa que:

1. A los efectos de la aplicación del Régimen de Origen del MERCOSUR, en el campo 9 del Certificado de Origen deberá utilizarse la NCM 2002 con la indicación de la NCM-SA 2007 que corresponda.

2. Lo dispuesto precedentemente estará vigente hasta tanto se complete la adaptación del Anexo I del Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional al ACE Nº 18, Régimen de Origen MERCOSUR, a la NCM-SA 2007, por lo que los Certificados de Origen emitidos en vigencia de la Directiva en trato, no estarán sujetos a revisión posterior.

Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido archívese. — Dr. JORGE ROBERTO DE CICCO, Subdirector General, Técnico Legal Aduanero, Dirección General de Aduanas, a/c SDG Control Aduanero.

e. 30/1 Nº 536.669 v. 30/1/2007