Ministerio de Economía y Producción

PRESUPUESTO

Resolución 52/2007

Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2007 de Yacimientos Carboníferos Río Turbio.

Bs. As., 2/2/2007

VISTO el Expediente N° S01:0005489/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto del Ejercicio 2007 formulado por YACIMIENTOS CARBONIFEROS RIO TURBIO - Intervención Decreto N° 1034 de fecha 14 de junio de 2002, actuante en el área del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1361 de fecha 5 de agosto de 1994 por el cual se aprueba el Reglamento Parcial N° 3 de la Ley N° 24.156, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION la aprobación de la presente medida.

Por ello,

LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el Presupuesto del Ejercicio 2007 de YACIMIENTOS CARBONIFEROS RIO TURBIO — Intervención Decreto N° 1034 de fecha 14 de junio de 2002, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II a la presente resolución, respectivamente.

Art. 2° — Estímanse en la suma de PESOS TRECE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA ($ 13.845.980) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS OCHENTA Y SIETE MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS ($ 87.044.416) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébese el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS SETENTA Y TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 73.198.436).

Art. 3° — Estímanse en la suma de PESOS OCHENTA Y SIETE MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA ($ 87.045.980) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS OCHENTA Y SIETE MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECISEIS ($ 87.044.416) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 1.564) de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 4° — Estímanse en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y OCHO MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL ($ 158.049.000) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL ($ 155.549.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERAVIT) para el Ejercicio 2007 en PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 2.501.564), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II a la presente resolución.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Felisa Miceli.

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NOTA: esta Resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.