ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

NOTA EXTERNA Nº 3/2007

Ref. P.A.N.C.M. 6205.20.00 del Anexo I "E" de la Instrucción General 016/02 (SDGLTA).

Bs. As., 6/2/2007

De acuerdo con las Instrucciones Generales Nº 009 (SDGLTA) de fecha 17 de febrero de 1999 y Nº 016 (SDGLTA) de fecha 07 de marzo de 2002, relativas al Régimen de Origen MERCOSUR – ACE 18, ACE 35 y ACE 36, y teniendo en cuenta la Nota A.O.M. Nº 4 de fecha 11 de enero de 2007 del Area Origen de Mercaderías dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, caratulada por Actuación Nº 13668-9-2007, se hace saber que para las exportaciones de la REPUBLICA DEL PARAGUAY de los productos clasificados en la P.A. N.C.M 6205.20.00, efectuadas por la firma "CONFECCIONES DEL PARAGUAY S.A.", se proceda a la devolución de las garantías constituidas y al libramiento de las importaciones que se realicen, sin la exigencia de dicho requisito, y en consecuencia excluirla de las medidas dispuestas por las citadas Instrucciones, en virtud a que se ha evaluado la documentación correspondiente a la mencionada firma exportadora.

Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido archívese. — Dra. MARIA SILVINA TIRABASSI, Subdirectora General de Control Aduanero, Dirección General de Aduanas.

e. 12/2 Nº 537.604 v. 12/2/2007