Secretaría de Transporte

INMUEBLES

Resolución 127/2007

Desaféctanse del uso operativo ferroviario inmuebles ubicados en la Estación Cargas de la Ciudad de Mar Del Plata, Provincia de Buenos Aires. Transfiérese los inmuebles mencionados al Organismo Nacional de Administración de Bienes, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

Bs. As., 6/2/2007

Visto el Expediente Nº S01:0232482/2006 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el VISTO, se propicia la desafectación del uso operativo ferroviario de los inmuebles pertenecientes al ESTADO NACIONAL, ubicados en la Estación Cargas de la Ciudad de MAR DEL PLATA, Partido de GENERAL PUEYRREDON, Provincia de BUENOS AIRES, indicados en el plano que como ANEXO integra la presente resolución.

Que se ha desarrollado un proyecto de reordenamiento de los accesos ferroviarios a la micro región urbana Mar del Plata - Batan, que prevé la rehabilitación del acceso ferroviario al puerto, una nueva terminal intermodal de cargas y un corredor de circunvalación, proyecto que se inició con la licitación de la Estación Ferroautomotor.

Que la Provincia de BUENOS AIRES, a través de su Concesionaria FERROBAIRES SOCIEDAD ANONIMA prestó conformidad para que los mismos sean desafectados con el fin de ser utilizados para la construcción del Polo Tecnológico de la Universidad Nacional de Mar del Plata y la Ciudad Judicial del Poder Judicial de la Provincia de BUENOS AIRES, Departamento Judicial de MAR DEL PLATA.

Que el Decreto Nº 443 de fecha 1º de junio de 2000, dispuso la disolución del ex - ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS y la creación del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES, como órgano desconcentrado en el ámbito del ex - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, organismo que tiene, entre otras, las misiones y funciones del ex ENTE NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES FERROVIARIOS, establecidas por Decreto Nº 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996.

Que en virtud del Artículo 5º del Decreto Nº 1383/1996, la incorporación de nuevos bienes inmuebles a los contratos de concesión del sistema ferroviario de pasajeros o cargas, o la desafectación de aquellos que fueron entregados oportunamente en concesión, será dispuesta por la ex - SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, hoy SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que en tal sentido el ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que las facultades para el dictado de la presente medida surgen de lo dispuesto en el Decreto Nº 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996 y en el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2006.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1º — Desaféctanse del uso operativo ferroviario los inmuebles ubicados en la Estación Cargas de la Ciudad de MAR DEL PLATA, Partido de GENERAL PUEYRREDON, Provincia de BUENOS AIRES, indicados en el plano que como ANEXO integra la presente resolución, dichos inmuebles se encuentran ubicados con frente a las calles Juan B. Justo y Ratery, mientras que el predio restante se seguirá utilizando como estación de cargas intermodal hasta que se construya una nueva terminal y zonas de actividades logísticas.

Art. 2º — Transfiérase los inmuebles mencionados al ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES (ONAB) dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, conforme lo dispuesto por los Artículos 1º y 2º inciso b) del Decreto Nº 1383 de fecha 29 de noviembre de 1996 y el Decreto Nº 443 de fecha 1º de junio de 2000.

Art. 3º — Notifíquese al ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES, a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y a la Concesionaria FERROBAIRES SOCIEDAD ANONIMA.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo R. Jaime.