MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución N° 1025/2006

Registro N° 29/07

Bs. As., 28/12/2006

VISTO el Expediente N° 1.156.889/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 44 y 45, respectivamente, del Expediente N° 1.156.889/06 obran el Acuerdo y Acta Complementaria suscripto entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS y la empresa MASSUH SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el referido Acuerdo las partes pactan un incremento de salarios y adicionales convenidos en los artículos 83, 85, 116 y 117 del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 775/06 "E".

Que el reseñado incremento asciende a un DIECINUEVE POR CIENTO (19%), dividido en dos tramos de NUEVE CON CINCUENTA POR CIENTO (9,50%) cada uno, no acumulativo.

Que corresponde indicar que las partes firmantes del Acuerdo y Acta Complementaria, cuya homologación se persigue, son las mismas que suscribieron el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 775/06 "E", antes mencionado.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la representación personal y territorial de la entidad sindical signataria emergente de su personería gremial y al sector de la actividad de la parte empresaria firmante y de conformidad a lo expresamente pactado por las partes en el texto acordado.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo alcanzado se procederá a elaborar por intermedio de la Dirección de Regulaciones del Trabajo, el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio del Acuerdo celebrado, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo N° 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Decláranse homologados el Acuerdo y Acta Complementaria celebrados entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS, por la parte sindical, y la empresa MASSUH SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, obrantes respectivamente a fojas 44/45 del Expediente N° 1.156.889/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo y Acta Complementaria obrantes respectivamente a fojas 44/45 del Expediente N° 1.156.889/06.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de elaborar el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope lndemnizatorio, de las escalas salariales del Acuerdo que por este acto se homologa y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad con lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.156.889/05

Buenos Aires, 3 de Enero de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST 1025/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 44 y 45 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 29/07. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro Convenios Colectivos de Trabajo Dto. Coordinación D.N.R.T.

En la ciudad de Buenos Aires, a los 14 días del mes de junio de 2006, se reúne la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo N° 775/06 "E", en razón de lo establecido en el artículo 3° del mismo.

Ambas partes manifiestan que han acordado modificar los valores dinerarios vigentes, elevándolos a partir del 1° de mayo de 2006 y a partir del 1° de noviembre de 2006, conforme se establece a continuación:

Las modificaciones acordadas implican un incremento total del 19,00% (diecinueve por ciento), dividido en dos tramos de 9,50% (nueve con cincuenta por ciento) cada uno, no acumulativo.

En lugar y fecha indicados, se firman tres ejemplares de un mismo tenor, uno para cada una de las partes y uno para el Ministerio de Trabajo.

Expediente N° 1.156.889/06

En la Ciudad de Buenos Aires, a los Quince días del mes de Junio del año Dos Mil Seis, siendo las 16.30 horas comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, ante mi Dra. Verónica M. VIDAL, Secretaria de Relaciones Laborales del Departamento Relaciones Laborales N° 3, en representación de la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS, lo hacen los señores BLAS Juan ALARI, en su carácter de Secretario General, José Ramón LUQUE y Tomás Enrique MONTOYA, asistidos por el Dr. Carlos MALDONADO, por una parte, y por la otra en representación de la Empresa MASSUH S.A. lo tace el Dr. Norberto Roque TRICINELLO y el Dr. Claudio Daniel TRIMBOLI, todos con identidad y demás datos acreditados en esta Secretaría.

Declarado abierto el acto por la Funcionaria Actuante esta procede a Ceder la palabra a las partes quienes de común acuerdo MANIFIESTAN: Que concurren a esta Secretaría a fin de acompañar un acuerdo de incremento salarial y adicionales convenidos en los artículos 83, 85, 116 y 117 del CCT N° 775/06 "E" el cual se ratifica en un todo en su contenido y firmas. Se aclara que por un error involuntario se ha plasmado en el acuerdo acompañado una numeración equivocada del CCT respectivo, el cual se salva en este acta expresando que el número correcto es 775/06 "E". El reseñado incremento asciende a un 19%, el cual se divide en dos tramos, a saber, un 9,50% a partir del 1 de mayo de 2006 y un 9,50% restante, no acumulativo a partir del 1/11/06. Asimismo se deja constancia que el presente acuerdo es de aplicación inmediata a partir de las fechas convenidas, no obstante el plazo de tiempo que demore el trámite de homologación.

En este estado la funcionaria actuante recibe el acuerdo referenciado, haciendo saber a las partes que procederá a elevar las actuaciones a la superioridad a fin de la consideración de la pertinente homologación.

Siendo las 17.15 horas se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad previa lectura y ratificación ante mí Funcionaria Actuante que CERTIFICO.