Comando de Regiones Aéreas

AVIACION CIVIL

Disposición 1/2006

Establécese los nuevos aranceles para los Exámenes Psicofisiológicos que realiza el Instituto Nacional de Medicina Aeronáutica y Espacial.

Bs. As., 6/11/2006

VISTO, el Expediente Nº 5.632.307 (FAA) de la Dirección General de Sanidad, lo informado por el Director del Instituto Nacional de Medicina Aeronáutica y Espacial, lo ordenado por el señor Comandante de Personal, lo dictaminado por el Asesor Jurídico del Comando de Personal, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario actualizar los aranceles correspondientes a los exámenes Psicofisiológicos realizados por el Instituto Nacional de Medicina Aeronáutica y Espacial al personal que cumple funciones aeronáuticas a bordo de aeronaves, así como los que se desempeñan en tareas de apoyo en superficie (Artículo 76 y 77 de la Ley 17.285 — Código Aeronáutico—), los cuales datan del año 1999 (Disposición DGS de fecha 12 de mayo de 1999).

Que el Artículo 19, Inciso 25 de la Ley 22.520 (Ley de Ministerios), y el Decreto 92/96 (que faculta al Ministerio de Defensa — Estado Mayor General de la Fuerza Aérea — para el dictado de los reglamentos de licencias, certificados de competencia y habilitaciones del personal aeronáutico) dan el marco legal para el dictado y publicación de la presente.

Que de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 222/71 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, se delegó al Comando de Personal, la responsabilidad de la fijación de dichos aranceles por exámenes Psicofisiológicos.

Que por ello;

EL DIRECTOR GENERAL DE SANIDAD

DISPONE:

1º) Establecer los nuevos aranceles para los Exámenes Psicofisiológicos que realiza el Instituto Nacional de Medicina Aeronáutica y Espacial, que regirán en el ámbito de la Aviación Civil (Anexo ALFA).

2º) Elevar al Comando de Personal para su posterior tramitación ante el Comando de Regiones Aéreas a efectos de su publicación en el Boletín Oficial.

3º) Los citados aranceles entrarán en vigencia a partir de los 15 días hábiles de su publicación en el Boletín Oficial.

4º) Comuníquese al Instituto Nacional de Medicina. Aeronáutica y Espacial.

5º) Publíquese en Boletín Aeronáutico Público y archívese. — Carlos F. Viñas.

ANEXO ALFA