MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 59/2007

Registro Nº 205/07

Bs. As., 1/2/2007

VISTO el Expediente Nº 1.197.381/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones tramita el pedido de homologación del Acuerdo alcanzado entre la FEDERACION SINDICATOS UNIDOS PETROLEROS E HIDROCARBURIFEROS por la parte gremial y las Empresas YPF SOCIEDAD ANONIMA y OPERADORAS DE ESTACIONES DE SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA (OPESSA) por la patronal, obrante a fojas 53/54, de las actuaciones citadas en el VISTO.

Que los agentes signatarios dejan constancia que lo convenido en el acápite segundo del Acta de fecha 29 de noviembre de 2006 comprende a la totalidad de los trabajadores de las empresas signatarias a excepción del personal directivo.

Que las partes han suscripto por ante esta Autoridad de Aplicación el presente acuerdo.

Que en tal sentido, cabe destacar que el ámbito de aplicación del acuerdo, se corresponde con las empresas signatarias y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acta Acuerdo celebrado entre la FEDERACION SINDICATOS UNIDOS PETROLEROS E HIDROCARBURIFEROS por la parte gremial y las Empresas YPF SOCIEDAD ANONIMA y OPERADORAS DE ESTACIONES DE SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA (OPESSA) por la patronal, obrante a fojas 53/54 del Expediente Nº 1.197.381/06, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo obrante a foja 53/54 del Expediente Nº 1197.381/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 708/05 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.197.381/06

Buenos Aires, 5 de Febrero de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST 59/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 53/54 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 205/07. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

Expediente N. 1197381/06

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días de diciembre de 2006, siendo las 18 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION, por ante el funcionaro actuante por una parte y en representación de la FEDERACION DE SINDICATOS UNIDOS PETROLEROS E HIDROCARBURIFEROS, los Sres.: Antonio CASSIA, Juan Carlos CRESPI, Pedro CEREZO y Julio SCHANTARELLI respectivamente, y en representación de YPF S.A. y OPERADORA DE ESTACIONES DE SERVICIOS S.A., los Sres. Roberto TEGLIA y José Francisco ALVAREZ, respectivamente, con el patrocinio letrado de la Dra. María Florencia Funes de Rioja inscripta al T. 57 F. 538 C.P.A.C.F., personerías ya acreditadas en el expediente.

Las partes manifiestan que vienen a aclarar el acápite SEGUNDO del acuerdo celebrado en el expediente de la referencia el 29 de noviembre de 2006 y en tal sentido se deja constancia que, lo convenido en el mismo deberá comprender a la totalidad de los trabajadores de YPF S.A. y Operadora de Estaciones de Servicios S.A., a excepción del personal directivo.

Ambas partes manifiestan que solicitan la registración del presente acuerdo.

No siendo para más, se cierra el acto labrándose la presente, que, leída, es firmada de conformidad y para constancia ante el actuante que certifica.