MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 94/2007

Registro Nº 234/07

Bs. As., 6/2/2007

VISTO el Expediente Nº 1.197.613/06 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 32/33 del Expediente de referencia obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO), por el sector sindical, y el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por el sector empresarial, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el acuerdo de marras, los agentes negociadores modifican las escalas salariales de las categorías del escalafón bancario, conforme a las condiciones allí descriptas.

Que las partes celebrantes acreditan la representación invocada y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les compete en los términos de lo normado por el Artículo 17 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresario firmante y la entidad gremial signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que asimismo se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales establecidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que por último correspondería que una vez dictado el acto administrativo homologatorio del acuerdo de referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de proceder al cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que a tales fines, corresponde intimar a las partes celebrantes a efectos de que acompañen las escalas salariales pertinentes.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO), y el BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, que luce a fojas 32/33 del Expediente Nº 1.197.613/06, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivos, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo obrante a fojas 32/33, del Expediente Nº 1.197.613/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, para la notificación a las partes signatarias.

ARTICULO 5º — Intímase a las partes para que acompañen a las presentes actuaciones, las escalas salariales correspondientes a las categorías laborales de los mentados trabajadores. Cumplido, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de elaborar el pertinente proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.197.613/06

Buenos Aires, 12 de Febrero de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST 94/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 32/33 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 234/07. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación — D.N.R.T.

Expediente Nº 1.197.613/06

En la ciudad de Buenos Aires, a los 11 días del Mes de Diciembre de dos mil seis, siendo las 11,00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante mí, Lic. Adrián CANETO, Director de Negociacion Colectiva asistido en este acto por el Dr. Pablo GONZALEZ, Secretario de Relaciones Laborales de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO; por una parte y en Representación de la ASOCIACION BANCARIA lo hacen los Sres. Juan José ZANOLA en su carácter de Secretario General; Gustavo DIAZ, en su carácter de Secretario de Acción Gremial Nacional; Claudia ORMACHEA en su carácter de Prosecretaria de Administración Nacional; Salvador VILLANO en su carácter de Secretario General de la BANCARIA —SECCIONAL LA PLATA —; Abel BUENO Secretario General de la BANCARIA —SECCIONAL JUNIN—; Oscar CHAMORRO en su Carácter de Secretario de Organización de la Seccional Buenos Aires; Liliana VACCARONI Miembro del Consejo Directivo Nacional; Carlos FERRARI, Delegado Mar del Plata; Miguel PASTORINI Delegado Chivilcoy; CHICONI María E.; MERIDA Mario GOBBI Miguel y PANTUSO Pedro Delegados CGI Buenos Aires; el Sr. Juan Pedro DRAGHI por la Seccional NECOCHEA y el Sr. Ernesto LATORRE por la Seccional CHASCOMUS; todos ellos con el patrocinio letrado del Dr. Francisco ROJAS y por la otra parte y en Representación del BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES lo hacen el Dr. Osvaldo BAGLIONI; Sr. Eduardo ALENDE; Lic. Luis ANTUN; Lic. José OHRNIALIAN; Dr. Alberto CASSINELLI; Dr. Gonzalo PEREZ y Dra. María Laura CORREA, quienes asisten a la presente audiencia.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y cedida que le fue la palabra las partes ellas acuerdan lo siguiente: la aplicación de los coeficientes vigentes en la institución para todas las categorías del escalafón bancario a la suma de 110 $ (código 1249) quedando consecuentemente incorporado al básico conformado. Dicho tratamiento se aplicará progresivamente de la siguiente manera: 1.- sobre 25 $ con las remuneraciones correspondientes al mes de febrero del 2007; 2.- sobre 25 $ con las remuneraciones del mes de marzo de 2007. 3.- sobre la suma de 30 $ con las remuneraciones del mes de abril de 2007 y 4.- sobre la suma de 30 $ con las remuneraciones del mes de mayo de 2007. Asimismo acuerdan agilizar funcionamiento de la comisión de trabajo existente a fin de avanzar en los temas que fueran oportunamente tratados y consensuados por ambas partes en reuniones privadas. A efectos de dar cumplimiento con lo expuesto precedentemente se comprometen a reunirse en el día de la fecha a las 16.00 horas en el local del BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. En tal sentido las partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

Sin más se por finalizado el acto siendo las 14.00 horas firmando los comparecientes, por ante mí para constancia.