MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 125/2007

Registro Nº 262/2007

Bs. As., 13/2/2007

VISTO el Expediente Nº 1.191.556/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del Expediente de referencia, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LAS TELECOMUNICACIONES DE ROSARIO (SI.TRA.TEL) y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que al respecto es dable destacar que el mentado acuerdo se celebra con la finalidad de fijar el plus por guardería a abonarse, a partir del 1 de enero de 2006, al personal encuadrado en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 724/05 "E", suscripto entre la mismas partes.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la representación personal y territorial de la entidad sindical signataria emergente de su personería gremial y al sector de la actividad de la parte empresaria firmante y de conformidad a lo expresamente pactado por las partes en el texto acordado.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes han acreditado en autos y en el Expediente Nº 1.191.554/06 la representación invocada y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LAS TELECOMUNICACIONES DE ROSARIO (SI.TRA.TEL) y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.191.556/06, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.191.556/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento de Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias y procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 724/05 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.191.556/06

Buenos Aires, 19 de Febrero de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 125/07, se ha tomado razón del Acuerdo obrante a foja 2 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 262/07. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo Dto. Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aire, a los 04 días del mes de mayo de 2006, se reúnen, por una parte, los Sres. Claudio César, Darío Quintanilla, Héctor Medina y Jorge Aquino, en representación de SITRATEL Rosario, y por la otra parte los Sres. Rubén Rositto y Jorge Locatelli, en representación de TELECOM ARGENTINA S. A., quienes manifiestan lo siguiente:

1. Que, complementariamente al acuerdo alcanzado entre las partes el 22 de diciembre de 2005, con respecto al personal encuadrado en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 724/05 E, el plus por guardería a abonarse a partir del 1 de enero de 2006, será de $ 150 (pesos ciento cincuenta).

2. Las partes convienen que la homologación expresa, por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación será una condición indispensable para que el presente acuerdo tenga validez y surta efectos a los fines fijados por ellas, por lo que se comprometen a presentar y ratificar el presente ante la autoridad de aplicación.

De plena conformidad, se firman 2 ejemplares de idéntico tenor y a los mismos fines.