MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución N° 157/2007

Registro N° 290/07

Bs. As., 22/2/2007

VISTO el Expediente N° 1.196.938/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 13/15 del Expediente N° 1.196.938/06, obra el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CAR ONE SOCIEDAD ANONIMA conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo las precitadas partes procedieron a adecuar los escalas salariales del Convenio Colectivo de Trabajo N° 409/00 "E"

Que al respecto corresponde dejar asentado que los celebrantes del Acuerdo cuya homologación se persigue en el presente trámite son las mismas que suscribieron el Convenio Colectivo antes mencionado.

Que en cuanto a la vigencia será a partir de octubre de 2006.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que por último correspondería que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de proceder al cálculo del tope previsto por el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CAR ONE SOCIEDAD ANONIMA que luce a fojas 13/15 del Expediente N° 1.196.938/06, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el Acuerdo, obrante a fojas 13/15 del Expediente N° 1.196.938/06.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, para la notificación a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de elaborar el pertinente proyecto de base promedio y tope indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo 409/00 "E".

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o.2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.196.938/06

Buenos Aires, 26 de Febrero de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION S.T N° 157/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 13/15 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 290/ 07. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dpto. Coordinación – D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 23 días del Mes de Noviembre de 2006, entre el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor, en adelante S.M.A.T.A. por una parte, representada en este acto por los Sres. Manuel María Pardo, Ricardo Pignanelli, Mario Manrique, José Alberto Caro, Jorge Marelli, Gustavo Morán, Martín Miguel Loyola, patrocinados por el Dr. Guillermo Morán, con domicilio en la calle Belgrano 665 Capital Federal y CAR-ONE S.A. por la otra parte, en adelante La Empresa, representada en este acto por los Sres. Simón C. Bihurriet y Daniel Jorge Fernandez en su carácter de Gerente de Recursos Humanos y Apoderado de la Empresa respectivamente, con domicilio en la calle Lavalle 1206 lero. B. Luego de un largo intercambio de opiniones acuerdan lo siguiente:

1) En Octubre de 2006 se incorpora al básico, la suma liquidada con la voz: "Variable garantizado" a las categorías: "Mecánicos", "Gomeros y "Control de Calidad", hasta la suma de $490 para Mecánicos y Control de calidad y de $ 280 para los gomeros.

2) Aplicar un 10% de aumento de carácter remunerativo sobre los básicos vigentes del Convenio Colectivo N° 409/00 "E" a partir de 1ero. Octubre de 2006.

3) Aplicar un 10% de aumento de carácter no remunerativo sobre los básicos vigentes del Convenio Colectivo N° 409/00 "E", a partir de 1ero. Octubre de 2006.

4) El 10% no remunerativo de la cláusula anterior se incorporará al básico a partir del 1ero. de Marzo del 2007:

5) Aplicar un 6,5% de aumento de carácter remunerativo en agosto de 2007, sobre los básicos vigentes del Convenio Colectivo N° 409/00 "E", al mes inmediato anterior.

6) El 1 Octubre de 2007, se comienzan a discutir las cláusulas generales y salariales del convenio, el acuerdo que se logre tendrá vigencia a partir del 1/01/2008.

7) Se firman tres de ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, que serán presentadas ante el Ministerio de Trabajo , Empleo y Seguridad Social para su oportuna homologación.

ESCALA SALARIAL CAR ONE S.A

PERSONAL ADMINISTRATIVO