Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo
PESCA
Resolución 3/2007
Establécese la fecha de apertura para la captura de la especie calamar en la Zona Común de Pesca.
Montevideo, 23/3/2007
Norma estableciendo la fecha de apertura para la captura de la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca
Visto: La conveniencia de establecer el período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) durante la temporada 2007 en la Zona Común de Pesca.
Considerando:
La información disponible sobre la presencia del recurso en la Zona Común de Pesca.
Atento:
A lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.
LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO
RESUELVE:
Artículo 1º — Establecer la fecha de apertura para la captura de la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca a partir del 15 de abril de 2007 inclusive.
Art. 2º — La Comisión en la Reunión Plenaria del mes de mayo del corriente evaluará el estado del recurso a fin de establecer la fecha de cierre de captura de la zafra 2007, sobre la base de la documentación técnica aportada por las Partes.
Art. 3º — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave a las normas vigentes en cada Parte en materia de infracciones pesqueras, lo que aparejará la aplicación de las sanciones en ellas previstas.
Art. 4º — Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.
Art. 5º — Dar conocimiento público de esta Resolución a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. — Arnoldo M. Listre. — Alvaro Fernández.