Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios

REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición 190/2007

Sustitúyese el instructivo aprobado por la Disposición Nş 166/2007, en relación con el sistema de constatación de las certificaciones efectuadas por Escribanos Públicos matriculados en el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 26/3/2007

VISTO la Disposición D. N. Nş 166/07 del 14 de marzo de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por dicha norma se establece la aplicación de las previsiones contenidas en el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Título I, Capítulo XI, Sección 3Ş, artículo 6ş, respecto de todos los trámites de transferencia en los que intervengan, como certificantes de la firma de una o más partes, Escribanos Públicos matriculados en el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires.

Que, además, por conducto de dicha norma se puso en conocimiento de los señores Encargados las características que reviste el sistema de constatación respecto de esas certificaciones, aprobando el instructivo necesario a ese efecto

Que por razones que obedecen a la operatividad de ese sistema detectados con posterioridad a su implementación, resulta necesario introducir modificaciones en el texto del instructivo oportunamente aprobado.

Que, en ese marco, y a fin de mantener periódicamente actualizados los sistemas de información y consulta por vía informática existentes en esta Dirección Nacional, se entiende pertinente disponer que la actualización de los instructivos que son consultados por los señores Encargados de Registro en las páginas de esta Dirección Nacional quede a cargo de la Coordinación de Sistemas Informáticos de esta Dirección Nacional, ello en atención a que el contenido de los mismos regula los sistemas de comunicación entre esos Registros y el Colegio de Escribanos de que se trate.

Que la competencia del suscripto para el dictado del presente acto surge del artículo 2ş, inciso a) y c), del Decreto Nş 335/88 y el Decreto Nş 947/06.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

Artículo 1ş — Sustitúyese el instructivo aprobado por Disposición D.N. Nş 166/07 por el que integra la presente como Anexo y que será de aplicación respecto del sistema de constatación de las certificaciones efectuadas por Escribanos Públicos matriculados en el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires.

Art. 2ş — La Coordinación de Sistemas Informáticos de esta Dirección Nacional será la encargada de actualizar, mediante su publicación en la página web correspondiente, los instructivos referidos al sistema de constatación de folios de actuación notarial oportunamente aprobados respecto de las jurisdicciones donde se ha implementado ese sistema.

Art. 3ş — La presente entrará en vigencia a partir de su dictado.

Art. 4ş — Regístrese, comuníquese, atento su carácter de interés general dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel A. Gallardo.

ANEXO

Consulta al Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires

Módulo Registros Seccionales

Esta consulta tiene por objetivo verificar de manera ágil la concordancia de los datos contenidos en los documentos notariales con los registros informáticos del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, brindando una herramienta de control orientada a la prevención de irregularidades relacionadas con la documentación notarial.

La consulta se encuentra en la página habitual de consulta de los registros seccionales: http:// registros.dnrpa.gov.ar, ingresando en consultas restringidas (con el usuario y clave que utiliza habitualmente), en la opción de Consultas, Colegio de Escribanos, Consulta Colegios. En esta instancia deberá seleccionar la provincia correspondiente.

Ingreso de datos

Para realizar la consulta deberá ubicar los siguientes datos en los documentos notariales:

• Tipo de Foja notarial

• Dominio de referencia (Transferencias)

• Serie

• Número de Foja

• Partido

• Número del Registro Notarial

• Bis (SI en caso de que lo aclare el texto de la foja, de lo contrario, seleccionar NO)

• Carnet del Escribano Certificante (si no estuviera en el sello, ver Buscar Escribanos al final de este instructivo)

• Fecha de Expedición del Documento

• Datos de foja de Legalización (será obligatorio en los casos en que la foja notarial adjunte la legalización correspondiente por parte del Colegio de Escribanos)

• Serie y número de foja de legalización

ü Fecha de legalización

ü Delegación de legalización

Todos los datos deben ser escritos sin espacios entre caracteres.

• Ausencia en el ingreso de los datos obligatorios:

Si algunos de los datos obligatorios no se hubieran ingresado o fueran erróneos, al terminar de escribir los datos y seleccionar ACEPTAR, se presentará una nueva pantalla que le indicará cuál de ellos es el faltante:

Respuestas obtenidas:

• Respuesta afirmativa a la consulta:

Si los datos ingresados coinciden con los registrados en la base de datos del Colegio de Escribanos, la consulta indicará que los datos se corresponden.

• Respuesta negativa a la consulta:

Si los datos ingresados no se condicen con los registrados en la base de datos del Colegio de Escribanos, luego de seleccionar CONSULTAR, se presentará una pantalla indicando los pasos a seguir.

Atención. Ante una consulta negativa:

1) Verifique el número de carnet sea correcto. Para hacerlo utilice la opción Buscar Escribanos.

2) Verifique que el tipo de foja seleccionada se corresponda con las descriptas anteriormente.

3) Verifique que la fecha de expedición del documento coincida con la que figura al pie del texto de la foja (atención: puede diferir de la fecha de certificación consignada al inicio del texto de la foja).

4) Verifique serie, número de foja y registro notarial.

5) Verifique los datos de legalización de la foja.

Si del análisis efectuado en el Colegio surgiera que efectivamente no corresponden los datos de la foja, el Colegio ingresará la respuesta en el sistema y le informará por correo postal.

Para más especificaciones sobre las opciones de Consultas Pendientes y Consulta Histórica consulte el instructivo Consultas Diferidas.