CONTRATOS DE PRESTAMO

Decreto 302/2007

Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo AR L1014, a suscribirse entre la Nación Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), destinado a financiar parcialmente el "Programa de Infraestructura Vial Del Norte Grande".

Bs. As., 28/3/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0042750/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Modelo de Contrato de Préstamo AR L1014, propuesto para ser suscripto entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo citado en el Visto, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) concurre con la NACION ARGENTINA en la financiación del "PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA VIAL DEL NORTE GRANDE" por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL DOSCIENTOS MILLONES (U$S 1.200.000.000).

Que el mencionado Programa será ejecutado por intermedio de la UNIDAD DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE) del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que el citado Programa tiene como objetivo general contribuir al desarrollo económico sostenible de la Región del Norte Grande, mejorando las condiciones de accesibilidad, eficiencia y seguridad de vías prioritarias de la Red Vial Nacional y vías alimentadoras de la Red Vial Provincial, sitas en las provincias de CATAMARCA, CORRIENTES, CHACO, FORMOSA, JUJUY, MISIONES, TUCUMAN, SALTA y SANTIAGO DEL ESTERO, mediante la ampliación, rehabilitación y mejora de corredores viales que conectan centros de producción con mercados locales y externos, así como a través de la sostenibilidad de las inversiones, incorporando las obras financiadas a los sistemas de gestión de mantenimiento vial existentes en el país.

Que los objetivos específicos del Programa, respecto de las provincias involucradas, son: i) mejorar las condiciones de accesibilidad y conectividad de los circuitos de actividad económica y productiva; ii) reducir los costos operaciones vehiculares y el tiempo de viaje para el transporte de cargas y pasajeros en los corredores viales a ser intervenidos; y iii) mejorar las condiciones de seguridad para los usuarios de las vías implicadas; (iv) promover la conservación del patrimonio vial garantizando el mantenimiento de las obras; y (v) fortalecer la capacidad de planificación y gestión de las vialidades provinciales.

Que la formalización de esta operación requiere que la NACION ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION suscriba el Modelo de Contrato de Préstamo AR L1014 así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto, son las usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan apropiadas a los propósitos y objetivos a los que está destinado este préstamo.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, de acuerdo a lo previsto por el Artículo 9 del Decreto 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 40 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005) y 60 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, y sus modificatorias y la Ley Nº 26.135.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo AR L1014, a suscribirse entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL DOSCIENTOS MILLONES (U$S 1.200.000.000), destinado a financiar parcialmente el "PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA VIAL DEL NORTE GRANDE", que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las Normas Generales integradas por NUEVE (9) Capítulos, UN (1) Anexo Unico y UN (1) Apéndice I del Anexo Unico, cuya copia autenticada forma parte del presente decreto como ANEXO I.

Art. 2º — Facúltase a la Señora Ministra de Economía y Producción, o al funcionario o funcionarios que la misma designe, a suscribir en nombre y representación de la NACION ARGENTINA el Contrato de Préstamo AR L1014 y su documentación adicional, conforme al modelo aprobado por el artículo 1º del presente decreto.

Art. 3º — Facúltase a la Señora Ministra de Economía y Producción, o al funcionario o funcionarios que la misma designe, a convenir y suscribir en nombre y representación de la NACION ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo AR L1014, cuyo modelo se aprueba por el artículo 1º de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto, ni al destino de los fondos y no deriven en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado.

Art. 4º — Desígnase a la UNIDAD DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE) del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS como Organismo Ejecutor del "PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA VIAL DEL NORTE GRANDE".

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Julio M. De Vido. — Felisa Miceli.

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NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar