CONTRATOS DE PRESTAMO

Decreto 304/2007

Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo AR L1015, a suscribirse entre la Nación Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), destinado a financiar parcialmente el Proyecto "Infraestructura Hídrica: Programa para el Desarrollo de las Provincias del Norte Grande".

Bs. As., 28/3/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0033336/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Modelo de Contrato de Préstamo AR L1015, propuesto para ser suscripto entre NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo citado en el Visto, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) concurre con la NACION ARGENTINA en la financiación del Proyecto "INFRAESTRUCTURA HIDRICA: PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LAS PROVINCIAS DEL NORTE GRANDE" por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES (U$S 240.000.000).

Que el mencionado Programa será ejecutado por intermedio de la UNIDAD DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE) del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que el citado Programa tiene como objetivo general propiciar una mayor actividad productiva y el bienestar social de la población de las provincias de la Región del Norte Grande, mediante el aprovechamiento ambientalmente sostenible de los recursos hídricos en las Provincias de TUCUMAN, JUJUY, SANTIAGO DEL ESTERO, CATAMARCA y CHACO.

Que los objetivos específicos del Programa, respecto de las provincias involucradas, son: dotar de infraestructura hidráulica para riego, con el objeto de mejorar la productividad de las actividades agropecuarias e industriales de región y proteger áreas vulnerables a la ocurrencia de inundaciones; ii) ampliar la cobertura de los servicios de agua potable y cloacas, especialmente para los usuarios de bajos recursos, mediante inversiones en obras para la implantación, adecuación y/o ampliación de sistemas de abastecimiento de agua potable y sistemas de recolección y tratamiento de aguas servidas; y iii) fortalecer y/o crear las entidades vinculadas a la operación y el suministro de tales servicios, y mejorar la capacidad institucional de los organismos provinciales relacionados con la ejecución de los proyectos financiados en el marco del Programa.

Que la formalización de esta operación requiere que la NACION ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION suscriba el Modelo de Contrato de Préstamo AR L1015 así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto, son las usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan apropiadas a los propósitos y objetivos a los que está destinado este préstamo.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, de acuerdo a lo previsto por el Artículo 9 del Decreto 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 40 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005) y 60 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, y sus modificatorias y la Ley Nº 26.135.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo AR L1015, a suscribirse entre la NACION ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES (U$S 240.000.000), destinado a financiar parcialmente el Proyecto "INFRAESTRUCTURA HIDRICA: PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LAS PROVINCIAS DEL NORTE GRANDE", que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las Normas Generales integradas por NUEVE (9) Capítulos y UN (1) Anexo Unico, cuya copia autenticada forma parte del presente decreto como ANEXO I.

Art. 2º — Facúltase a la Señora Ministra de Economía y Producción, o al funcionario o funcionarios que la misma designe, a suscribir en nombre y representación de la NACION ARGENTINA el Contrato de Préstamo AR L1015 y su documentación adicional, conforme al modelo aprobado por el artículo 1º del presente decreto.

Art. 3º — Facúltase a la Señora Ministra de Economía y Producción, o al funcionario o funcionarios que la misma designe, a convenir y suscribir en nombre y representación de la NACION ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo AR L1015, cuyo modelo se aprueba por el artículo 1º de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto, ni al destino de los fondos y no deriven en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado.

Art. 4º — Desígnase a la UNIDAD DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO (UCPyPFE) del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS como Organismo Ejecutor del Proyecto "INFRAESTRUCTURA HIDRICA: PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LAS PROVINCIAS DEL NORTE GRANDE".

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Julio M. De Vido. — Felisa Miceli.

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NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar