Ente Nacional Regulador de la Electricidad

ENERGIA ELECTRICA

Resolución 222/2007

Apruébanse los valores unitarios de la bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras "Edenor S.A.", "Edesur S.A." y "Edelap S.A." durante el período comprendido entre los días 10 de abril y 9 de mayo de 2007.

Bs. As., 29/3/2007

VISTO: el Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/2005, la Resolución SE Nº 1063/ 2005, la Resolución SE Nº 942/2006, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005, la Resolución ENRE Nº 602/2005, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/2005 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (en adelante "Versión 2005 del PUREE"), sustituyendo así el normado mediante Resolución SE Nº 552/2004, (en adelante "Versión 2004 del PUREE").

Que, por su parte, el artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº 745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información requerida; aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.

Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas Distribuidoras de jurisdicción nacional presentaron ante este organismo la información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del 10% estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre el día 10/02/2007 y el día 9/03/2007 inclusive, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.

Que, en este sentido, "EDESUR S.A.", mediante Nota de ENTRADA Nº 129.378 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión ascendieron a 41.278.421 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% en esta categoría alcanzó a 102.444.998 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS QUINCE CON 38/100 ($ 4.760.315,38) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS DIECISEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 27/100 ($ 16.642,27); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 12.292.763 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 10.235.930 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS UN MILLON QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 15/100 ($ 1.596.559,15) y ajustes por PESOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 24/100 ($ 28.379,24); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 3.005.871 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 13.278.201 kWh y los cargos en exceso alcanzaron PESOS UN MILLON SEISCIENTOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 1/100 ($ 1.617.675,01) y ajustes por PESOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE CON 17/100 ($ 73.829,17); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 1.104.219 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 15.153.381 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON 59/100 ($ 1.422.827,59) y los ajustes aplicados ascendieron a PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHO CON 26/100 ($ 59.308,26); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 11.773.152 kWh en tanto el consumo en exceso fue de 22.960.929 kWh lo que implicó cargos en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS DOS MILLONES CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON 86/100 ($ 2.057.772,86) y ajustes por PESOS VEINTITRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES CON 81/100 ($ 23.373,81); los usuarios T3 BT ahorraron 8.241.386 kWh, consumieron en exceso 27.615.481 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES CIENTO NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 24/100 ($ 2.109.475,24) y ajustes por PESOS CIENTO SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 41/100 ($ 106.837,41); los T3 MT ahorraron 6.576.876 kWh, consumieron en exceso 32.479.215 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 23/100 ($ 2.383.320,23) como así también ajustes por valor de PESOS SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO CON 55/ 100 ($ 79.861,55); en el caso de los usuarios de peaje BT los ahorros alcanzaron 61.174 kWh, los consumos en exceso 270.858 kWh y los cargos afrontados PESOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 13/100 ($ 21.686,13), siendo los ajuste aplicados equivalentes a PESOS 1/ 100 ($ 0,01); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de 293.022 kWh, los consumos en exceso 987.989 kWh y los cargos abonados PESOS NOVENTA Y UN MIL CATORCE CON 35/100 ($ 91.014,35), siendo los ajustes de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA CON 66/100 ($ 45.440,66).

Que, por su parte, mediante Nota de ENTRADA Nº 129.647 "EDELAP S.A." informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesion en el período considerado ascendieron a 4.096.560 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 10.403.799 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 90/100 ($ 436.959,90); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES CON 86/100 ($ 36.963,86); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 1.268.358 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 1.090.130 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 65/100 ($ 186.414,65); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS QUINCE MIL CIENTO SIETE CON 52/100 ($ 15.107,52); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 282.331 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 1.030.515 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS CIENTO TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCO CON 92/100 ($ 131.905,92), registrándose ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS VEINTITRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO CON 13/100 ($ 23.278,13); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 40.196 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 663.522 kWh y los cargos en exceso alcanzaron a PESOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO ($ 62.371); asimismo, se registraron ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 9/100 ($ 8.761,09); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 714.878 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 1.741.024 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 55/100 ($ 194.994,55) mientras los ajustes fueron de PESOS SESENTA SEIS MIL CUARENTA Y CUATRO CON 95/100 ($ 66.044,95); los usuarios T3 BT ahorraron 668.759 kWh, consumieron en exceso 1.934.265 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO CON 38/100 ($ 148.938,38), en tanto los ajustes ascendieron a PESOS CIENTO DIEZ MIL NOVECIENTOS CUARENTA CON 41/100 ($ 110.940,41); los T3 MT ahorraron 763.226 kWh, consumieron en exceso 2.398.674 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS CIENTO SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS UNO CON 88/100 ($ 177.501,88) siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS DOSCIENTOS VEINTITRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA CON 2/100 ($ 223.980,02); en cuanto a los usuarios de peaje, sólo se registraron consumos en exceso en el servicio en BT equivalentes a 5988 kWh aplicándose cargos por PESOS CINCUENTA Y DOS CON 58/100 ($ 52,58).

Que a, su vez, "EDENOR S.A.", por medio de Nota de ENTRADA Nº 129.566, informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión en el período considerado ascendieron a 51.148.993 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% alcanzó a 147.819.446 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO CON 52/100 ($ 6.209.531,52), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS DOCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES CON 33/ 100 ($ 12.983,33); en el caso de los usuarios generales los ahorros de la subcategoría G1 fueron de 14.193.106 kWh en tanto el consumo en exceso de la pauta del 10% fue de 11.674.737 kWh lo que implicó la aplicación de cargos por exceso por PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 97/100 ($ 1.848.999,97), mientras los ajustes fueron de PESOS CUATRO MIL NOVENTA Y CINCO CON 87/100 ($ 4.095,87); para la subcategoría G2 los ahorros fueron de 2.499.302 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 12.151.236 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 1/ 100 ($ 1.467.788,01), y los ajustes fueron de PESOS UN MIL OCHENTA Y SIETE CON 92/100 ($ 1.087,92); para la subcategoría G3 los ahorros fueron de 521.432 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 9.899.564 kWh, los cargos en exceso alcanzaron a PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO CON 72/100 ($ 895.188,72), y los ajustes fueron de PESOS CATORCE MIL VEINTISEIS CON 92/100 ($ 14.026,92); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los 10.008.610 kWh, los consumos en exceso de la pauta del 10% fueron de 25.283.446 kWh y los cargos en exceso sumaron PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS DOCE CON 45/100 ($ 2.919.612,45), y los ajustes fueron de PESOS TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 74/100 ($ 3.775,74); los usuarios T3 BT ahorraron 7.214.685 kWh, consumieron en exceso 25.644.724 kWh y se les aplicó cargos en exceso por; PESOS DOS MILLONES VEINTIDÓS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 56/100 ($ 2.022.784,56), siendo los ajustes de PESOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 77/ 100 ($ 31.793,77); los T3 MT ahorraron 6.956.420 kWh, consumieron en exceso 39.321.187 kWh y afrontaron cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON 41/100 ($ 2.979.217,41) siendo los ajustes aplicados de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON 41/100 ($ 55.380,41); en cuanto a los usuarios de peaje, en BT los ahorros fueron de 21.521 kWh, el consumo en exceso fue de 290.554 kWh y la penalización alcanzó la suma de PESOS VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 75/100 ($ 23.447,75), mientras que los usuarios en MT ahorraron 92.115 kWh, consumieron en exceso 5.191.883 kWh y se les aplicó cargos en exceso por PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS DOS CON 61/100 ($ 398.202,61).

Que se ha producido el correspondiente dictamen legal conforme lo previsto en el inciso d) del artículo 7 de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 de la Resolución SE Nº 745/2005 y el inciso s) del artículo 56 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

Artículo 1º — Aprobar los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A." durante el período comprendido entre los días 10/04/2007 y 9/05/2007, que figuran como ANEXO I de la presente Resolución.

Art. 2º — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como Anexo II de la presente Resolución.

Art. 3º — Notifíquese a "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A.", "EDELAP S.A." y a la SECRETARIA DE ENERGIA.

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo A. Martínez Leone. — Jorge D. Belenda. — Marcelo B. Kiener. — Julio C. Molina.

ANEXOS DE LA RESOLUCION ENRE Nº 222/2007