Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva

PREMIOS

Resolución 188/2007

Puesta en marcha del proceso de convocatoria y adjudicación de los "Premios SECyT a la Empresa Innovadora - Año 2007".

Bs. As., 3/4/2007

VISTO el Expediente Nº 0269/06, las Resoluciones SECTIP Nº 18 del 13 de Febrero de 2003 y la Nº 360 del 21 de marzo de 2006, del REGISTRO DE LA SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA (SECTIP); y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 18/03 mencionada en el Visto se efectuó la creación de los "Premios SECyT al Empresario Innovador - 2003", con la finalidad de fomentar la innovación y la competitividad; y alentar la gestión tecnológica que permita lograr un progreso empresario sostenible, lo cual constituye una de las misiones de esta Secretaría.

Que el objetivo primordial de dicha distinción es el reconocimiento de las contribuciones de las empresas que desarrollen nuevos productos o servicios, o mejoras sustantivas a los ya existentes, nuevos procesos o sistemas productivos, o mejoras sustantivas a los ya existentes, o mejoras en la administración, gestión e información o contribuir a la protección al ambiente o incrementar la seguridad e higiene industriales, así como también la inversión en investigaciones que fomenten el desarrollo tecnológico de la empresa.

Que la innovación a premiar podrá tener un nivel de originalidad geográficamente localizado, de conformidad al desarrollo regional donde reside la empresa que se presente a este concurso.

Que en tal sentido es más conveniente y se ajusta más a la modalidad aplicada, modificar su denominación por la de "Premio a la Empresa Innovadora – 2007".

Que resulta oportuno y necesario dar continuidad en el año 2007 a la iniciativa puesta en marcha en el año 2003.

Que de conformidad a las recomendaciones formuladas por los diversos actores del proceso del concurso es necesario dotar a dichos premios de estímulos económicos que tornen más atractiva la participación de los pequeños empresarios.

Que como resultante de lo antes enunciado, se otorgarán SEIS (6) distinciones a pequeñas y medianas empresas innovadoras, una por cada región en que se encuentra dividido el país (BONAERENSE, CENTRO, CUYO, NEA, NOA Y PATAGONICA).

Que la propuesta consiste, por un lado, en la entrega, por parte del Señor Presidente de la Nación, de una medalla y un diploma a los ejecutivos de más alto rango de las organizaciones que resulten beneficiarias, y por el otro, el financiamiento completo de un viaje para asistir a una feria o exposición correspondiente a la actividad empresarial premiada hasta un monto máximo de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-).

Que asimismo, se procederá a la entrega de una placa en reconocimiento al esfuerzo de los trabajadores, la que será recibida por un representante de éstos perteneciente a la organización de nivel operativo.

Que podrán participar para resultar beneficiarios de dichos premios, las empresas privadas y públicas, industriales o de servicios, establecidas en el país, que reúnan los requisitos dispuestos en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

Que la Asamblea del CONSEJO FEDERAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA (COFECYT) solicitó tener más participación en las propuestas de empresas innovadoras de su jurisdicción para integrar las ternas.

Que por todo lo expuesto, es menester fijar las pautas a las que deberá sujetarse el otorgamiento de las aludidas distinciones, determinando, tanto los requisitos para participar en el concurso, como también las disposiciones referentes al procedimiento que se deberá adoptar especificando sus distintas instancias y la forma de utilización de los fondos y su rendición, entre otros aspectos, todo lo cual se establece en sendos Anexos.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

RESUELVE:

Artículo 1º — Disponer la puesta en marcha del proceso de convocatoria y adjudicación de los "Premios SECyT a la Empresa Innovadora – Año 2007" con los procedimientos y modalidades establecidas en la presente Resolución, en los términos y con los alcances fijados en los Anexos I, II y III que mediante la presente medida se aprueban, con la finalidad de alentar la gestión tecnológica que permita lograr un progreso empresario sostenible.

Art. 2º — Los premios creados en el artículo precedente, serán otorgados a SEIS (6) pequeñas y medianas empresas innovadoras, una por cada Región en que se encuentra dividido el país (BONAERENSE, CENTRO, CUYO, NEA, NOA Y PATAGONICA); y consistirán en la entrega, por parte del Señor Presidente de la Nación, de una medalla y un diploma a los ejecutivos de más alto rango de las organizaciones que resulten beneficiarias, así como también el financiamiento completo de un viaje para asistir a una feria o exposición correspondiente a la actividad empresarial premiada hasta un monto máximo de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-); y una placa en reconocimiento al esfuerzo de los trabajadores, la que será recibida por un representante de éstos perteneciente a la organización de nivel operativo.

Art. 3º — En ningún caso una empresa que haya ganado un premio de los instituidos en la presente Resolución, podrá reiterar su postulación en los siguientes CINCO (5) años.

Art. 4º — Cada una de las Regiones enumeradas en el Artículo 2º de la presente Resolución podrá proponer, a través de la instancia orgánica de coordinación del CONSEJO FEDERAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA (COFECYT), hasta DOS (2) empresas para integrar la terna establecida en el Punto V del Anexo I de la presente Resolución.

Art. 5º — Aprobar, como parte integrante de la presente Resolución, los Anexos I, II y III denominados "Requisitos, Procedimiento y Pautas para la entrega de los Premios SECyT a la Empresa Innovadora - 2007" , "Pautas para la utilización de los fondos otorgados por el Premio SECYT a la Empresa Innovadora" e " Instructivo para la rendición de cuentas" respectivamente.

Art. 6º — Establecer que la aplicación de los procedimientos dispuestos para el otorgamiento de los premios creados mediante la presente, como también la administración y operatoria de los mismos, estará a cargo de la DIRECCION DE PLANES Y PROGRAMAS de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA. El control de las rendiciones de los fondos recibidos, llevadas a cabo de conformidad a lo establecido en los Anexos II y III, estará a cargo de la COORDINACION ADMINISTRATIVO CONTABLE de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.

Art. 7º — Invitar a los organismos de Ciencia y Tecnología de las diferentes jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la gestión y difusión del presente premio.

Art. 8º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y cumplido, archívese. — Tulio A. Del Bono.

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NOTA: Los anexos de la presente Resolución no se publican, pueden ser consultados en la página web de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, www.secyt.gov.ar.