SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

Resolución 133/2007

Apruébase la organización funcional del Fondo para la Recuperación de la Actividad Ovina (FRAO), creado por la Ley Nº 25.422.

Bs. As., 26/4/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0083618/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 25.422, el Decreto Nº 1031 de fecha 14 de junio de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 25.422 se ha instituido el Régimen para la Recuperación de la Ganadería Ovina, estableciéndose que la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION es la Autoridad de Aplicación del mismo.

Que dicha ley ha sido reglamentada a través del Decreto Nº 1031 de fecha 14 de junio de 2002.

Que el Artículo 15 de la citada Ley Nº 25.422 creó el Fondo Fiduciario denominado FONDO PARA LA RECUPERACION DE LA ACTIVIDAD OVINA (FRAO) integrado, entre otros recursos posibles, por las partidas presupuestarias del Tesoro Nacional de un monto anual no menor a PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000) durante DIEZ (10) años.

Que mediante el referido Artículo 15 se delegó en la Autoridad de Aplicación, la constitución e instrumentación del marco operativo del citado Fondo Fiduciario, así como también las facultades de determinar su estructura jurídica, seleccionar el administrador fiduciario y celebrar el pertinente contrato de administración del fideicomiso, entre otras.

Que con fecha 19 de julio de 2002, la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS como fiduciante y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA como fiduciario, suscribieron un Contrato de Fideicomiso en el marco de la Ley Nº 25.422 y el Decreto Reglamentario Nº 1031/02, con sujeción a las disposiciones de la Ley Nº 24.441.

Que mediante Disposición Nº 56 de fecha 5 de setiembre de 2003 del FONDO PARA LA RECUPERACION DE LA ACTIVIDAD OVINA (FRAO) se aprobó el Manual Operativo del Régimen para la Recuperación de la Ganadería Ovina.

Que resulta necesario, con el objeto de optimizar la actividad funcional del citado Fondo Fiduciario, contar con un eficiente apoyo orgánico-funcional, estableciendo las áreas que tendrán a su cargo las distintas responsabilidades.

Que el dictado de la presente medida no implicará una modificación de la estructura organizativa aprobada por Decreto Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004, complementado por la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las competencias emergentes de la Ley Nº 25.422 y los Decretos Nros. 1031 de fecha 14 de junio de 2002 y 25 de fecha 27 de mayo de 2003, modificado por su similar Nº 1359 de fecha 5 de octubre de 2004.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase la organización funcional del FONDO PARA LA RECUPERACION DE LA ACTIVIDAD OVINA (FRAO) creado por la Ley Nº 25.422, de conformidad con el detalle que, como Anexo I - Organigrama y Anexo II - Funciones, acompañan a la presente resolución.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Javier M. de Urquiza.

ANEXO I

LEY N° 25.422 - Decreto N° 1031/2002

REGIMEN PARA LA RECUPERACION DE LA GANADERIA OVINA

ANEXO II

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

REGIMEN PARA LA RECUPERACION DE LA GANADERIA OVINA

COORDINADOR NACIONAL

Funciones:

a) Desarrollar las facultades y obligaciones emergentes del Artículo 8º del Decreto Nº 1031 de fecha 14 de junio de 2002, reglamentario de la Ley Nº 25.422 y aquellas funciones que le fueran delegadas por la Autoridad de Aplicación.

COORDINADOR EJECUTIVO

Funciones:

a) Ejercer las funciones que le encomiende la Autoridad de Aplicación.

b) Coordinar la ejecución de tareas de las distintas áreas, señalando las cuestiones que considere prioritarias, indicando las alternativas para la resolución de los trámites y asesorando sobre los cursos de acción aconsejables.

c) Intervenir en aquellos actos administrativos que suscriba la Autoridad de Aplicación.

d) Asistir a la Autoridad de Aplicación en su relación con las Unidades Ejecutoras Provinciales (UEPs), en todo lo relacionado con la aplicación de la ley y sus normas complementarias y modificatorias.

e) Coordinar el funcionamiento del sistema informático del sector en función de los objetivos y los requerimientos de los usuarios.

f) Evaluar técnicamente y asesorar sobre incorporación, modificación y/o renovación de insumos y/o servicios informáticos a las distintas áreas.

AREA DESPACHO - MESA DE ENTRADAS

Funciones:

a) Asistir a las autoridades en lo relativo a los trámites administrativos originados en la correspondencia dirigida a su nombre.

b) Organizar y mantener un sistema de información que permita el seguimiento de los trámites que se desarrollen dentro de la Coordinación Nacional.

c) Atender la recepción y salida de la documentación administrativa de la unidad, coordinando el registro, guarda y/o archivo de expedientes.

d) Efectuar la recepción, registro, tramitación y distribución de los proyectos de competencia de la unidad.

e) Efectuar el seguimiento de los trámites administrativos, verificando el cumplimiento de las normas relativas a procedimientos administrativos.

f) Determinar para cada trámite, las áreas con responsabilidad para entender en el mismo, controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación.

g) Llevar un registro de actos, contratos y convenios que se suscriban en el marco del Fondo Fiduciario para la Recuperación de la Actividad Ovina (FRAO).

AREA TECNICA

Funciones:

a) Coordinar con las distintas instancias involucradas en el Régimen para la Recuperación de la Ganadería Ovina, la elaboración de Programas Nacionales, Regionales y Provinciales adecuando los objetivos y estrategias a la realidad de cada lugar.

b) Compatibilizar los beneficios previstos en la Ley Nº 25.422 y su Decreto Reglamentario Nº 1031 de fecha 14 de junio de 2002, conforme a las necesidades particulares de las distintas provincias y regiones.

c) Coordinar la elaboración del PLAN OPERATIVO ANUAL (POA) de la Coordinación Nacional, con su correspondiente desagregación trimestral de actividades y presupuesto, en lo referido a los aspectos técnicos.

d) Aprobar técnicamente los proyectos y planes de trabajo presentados.

e) Efectuar el seguimiento de los PLANES OPERATIVOS ANUALES provinciales, actuando como nexo, en los temas técnicos, con las Unidades Ejecutoras Provinciales.

f) Evaluar el cumplimiento de los objetivos de los planes aprobados, las desviaciones detectadas en la ejecución de los proyectos, proponiendo medidas correctivas o de mejoramiento en la ejecución de los mismos.

g) Efectuar el seguimiento y la evaluación final de los proyectos ejecutados, informando a las autoridades sobre los resultados alcanzados y el nivel de cumplimiento de los objetivos y actividades previstas.

AREA ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS

Funciones:

a) Asistir a las autoridades en la supervisión y control de la labor del Administrador Fiduciario.

b) Elaborar el anteproyecto de presupuesto general de gastos y cálculo de recursos, a los efectos de su incorporación a la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional para cada ejercicio, en función de lo establecido en la normativa vigente.

c) Ejercer el control de la ejecución presupuestaria en función de lo normado en la materia.

d) Efectuar el registro contable en sus distintas etapas de las operaciones realizadas por el FONDO PARA LA RECUPERACION DE LA ACTIVIDAD OVINA (FRAO).

e) Administrar el movimiento de fondos y valores.

f) Supervisar y coordinar las solicitudes de adquisiciones, compras por Caja Chica, efectuar la administración de los Fondos Rotatorios y otros gastos, así como también el almacenamiento y distribución de bienes o insumos.

g) Entender en el ingreso y registro de los bienes patrimoniales, como en su control.

h) Entender en el desarrollo de las actividades para la adquisición y contratación de bienes y servicios y de obras, supervisando lo respectivo de las Unidades Ejecutoras Provinciales.

i) Administrar los Fondos de Caja Chica asignados a la Coordinación Nacional.

j) Asistir a las autoridades en lo relativo a la relación con organismos internos y externos de control.

k) Elaborar y mantener actualizado el registro de los recursos humanos afectados a la Coordinación Nacional.

AREA JURIDICA

Funciones:

a) Asesorar en cuestiones legales originadas en las actividades propias del sector.

b) Asesorar, desde el punto de vista jurídico, en los proyectos de actos administrativos, convenios y demás instrumentos que se le soliciten.

c) Intervenir en la evaluación formal de las actuaciones que ingresen al régimen emitiendo el correspondiente dictamen.

d) Emitir dictamen en los sumarios que se instruyan, previo al dictado del correspondiente acto administrativo.

e) Entender en la revisión y compatibilización de medidas originadas en otros ámbitos, siempre que éstas afecten temas de competencia del sector.

f) Entender en la realización de los estudios vinculados con su especialidad, con el objeto de promover la actualización de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor.