MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 448/2007

Sustitúyese el artículo 5º de la Resolución Nº 439/2007 del citado Ministerio.

Bs. As., 27/4/2007

VISTO la Resolución M.J. y D.H. Nº 439 de fecha 23 de abril de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el Visto se estableció que la DIRECCION NACIONAL DEL PROGRAMA NACIONAL DE PROTECCION A TESTIGOS E IMPUTADOS de la SECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS de este Ministerio, resolverá inmediatamente brindar protección a las personas individualizadas por requerimiento de magistrados de la justicia nacional o del ministerio público nacional, en el marco de procesos judiciales vinculados a graves violaciones a los derechos humanos cometidos durante el último período dictatorial.

Que resulta necesario dar a conocer en forma amplia la medida a través de su publicación oficial.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades derivadas de los artículos 1º, segundo párrafo y 10 de la Ley Nº 25.764.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyese el artículo 5º de la Resolución M.J. y D.H. Nº 439 de fecha 23 de abril de 2007 por el siguiente:

"ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese".

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto J. B. Iribarne.