ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

NOTA EXTERNA Nš 14/2007

Ref. Directiva CCM Nš 03/2007

Bs. As., 2/5/2007

De acuerdo con la Nota A.O.M. Nš 98 del 16 de abril de 2007 del Area Origen de Mercaderías dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL caratulada por la Actuación Nš 13668-98-2007 y teniendo en cuenta la Directiva CCM Nš 03/2007, relativa al procedimiento para el llenado del Certificado de Origen hasta tanto se complete la adaptación del Anexo I al Cuadragésimo Cuarto Protocolo Adicional al ACE Nš 18 a la NCM-SA 2007, se informa que:

1. Para productos sujetos a Requisitos Específicos de Origen establecidos en el Anexo I de la Decisión CMC Nš 01/04, se indicará en el Campo 9 del Certificado de Origen la posición arancelaria NCM 2002. La NCM 2007 correspondiente a dicha posición arancelaria se deberá indicar en el campo "observaciones".

2. Lo dispuesto en el punto anterior regirá hasta la fecha en que entre en vigencia la Directiva que apruebe la adaptación del Régimen de Origen del MERCOSUR a la NCM 2007, la que deberá ser aprobada a más tardar en la última reunión de la CCM del presente semestre.

3. Las operaciones comerciales realizadas en los términos de esta Directiva no están sujetas a la revisión posterior a la conclusión de la adaptación prevista en el artículo precedente.

4. Todo Certificado de Origen emitido hasta el 15 de abril de 2007 en los términos de la Directiva CCM Nš 10/06 deberá ser aceptado como válido por las autoridades aduaneras de los Estados Parte.

5. Se dejan sin efecto las Notas Externas Nš 01/2007 (SDG CAD) y 04/2007 (SDG CAD), ello en virtud a la derogación de la Directiva CCM Nš 10/06.

Se deja constancia que la citada Directiva podrá ser consultada en la Página www.afip.gov.ar, adjunto a la presente Nota Externa.

Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido archívese.

Dra. MARIA SILVINA TIRABASSI, Subdirectora General de Control Aduanero, Dirección General de Aduanas.

e. 4/5 Nš 545.019 v. 4/5/2007