MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 282/2007

Registro Nº 401/07

Bs. As., 23/3/2007

VISTO el Expediente Nº 1.192.478/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 38/39 del Expediente Nº 1.192.478/06, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE SUPERVISION DE LA EMPRESA SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en dicho acuerdo las partes convienen el pago de una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo de SETECIENTOS PESOS ($ 700.-) para el personal que al día de la fecha se encuentre representado por la mentada entidad gremial, en la misma fecha en que la empresa abone la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario.

Que el ámbito de aplicación de los presentes se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE SUPERVISION DE LA EMPRESA SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 38/39 del Expediente Nº 1.192.478/06, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acuerdo obrante a fojas 38/39 del Expediente Nº 1.192.478/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.192.478/06

Buenos Aires, 28 de marzo de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 282/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 38/39 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 401/ 07. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 05 días del mes de diciembre del año dos mil seis, siendo las 15,30 horas, comparecen en forma espontánea en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Departamento de Relaciones Laborales Nº 2, ante el Secretario de Conciliación Lic. Luis BERMUDEZ, por una parte y en representación de la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERVISORES EMPLEADOS DE SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES, los Sres. Eduardo VAZQUEZ, Ruben Alberto ZAPPALA, Rubén DECUZZI, asistidos por la Dra. Amanda CAUBET, por otra parte en representación de la empresa METROVIAS S.A., el Dr. Daniel PAGLIERO, el Dr. Julio RAMIREZ, Dra. Diana P. HULTEN asistidos por el Dr. Daniel CALABRO.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, cedida la palabra a las partes en forma conjunta, manifiestan que han llegado a un acuerdo en los siguientes términos:

A los efectos de transitar el período de tiempo que resta hasta la fecha de vencimiento de las condiciones económicas que se encuentran vigentes hasta el día 28/02/2007, se conviene el pago de una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo a todos sus fines y efectos y por única vez, por el valor de $ 700 que se abonará a todo el personal que al día de la fecha se encuentre encuadrado sindicalmente en APSESBA, en la misma fecha en que la empresa abone la 2º cuota del Sueldo Anual Complementario del corriente año.

Las partes se comprometen a mantener la paz social mientras desarrollen las negociaciones por las condiciones económicas del personal encuadrado por APSESBA, las que se iniciarán a partir del 1º de marzo de 2007.

Las partes solicitan la urgente homologación del presente acuerdo a esta Autoridad Administrativa Laboral como requisito indispensable para su validez y vigencia.

No siendo para más, a las 16.00 horas se da por finalizado el acto, firmando los comparecientes de conformidad, previa lectura y ratificación, por ante mí, que para constancia CERTIFICO.