Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva

FUNDACIONES

Resolución 238/2007

Desígnase Vicepresidente Segundo, en representación de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, de la Fundación "Dr. Manuel Sadosky" de Investigación y Desarrollo en las Tecnologías de la Información y Comunicación.

Bs. As., 26/4/2007

VISTO el Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL Nº 121 de fecha 15 de febrero de 2007; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 121/2007 se autorizó la constitución de la FUNDACION "DR. MANUEL SADOSKY" DE INVESTIGACION Y DESARROLLO EN LAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACION.

Que el ARTICULO 3º del Decreto mencionado faculta al señor SECRETARIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA a integrar los cuerpos orgánicos de la citada FUNDACION.

Que los proyectos de ACTA DE CONSTITUCION Y ESTATUTO que forman parte como ANEXO I y II del Decreto 121/2007 determinan que el VICEPRESIDENTE SEGUNDO de la FUNDACION "DR. MANUEL SADOSKY" DE INVESTIGACION Y DESARROLLO EN LAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACION será propuesto por el SECRETARIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.

Que en ejercicio de la facultad descripta en el párrafo precedente se propone al Dr. en Bioquímica Luis María FERNANDEZ, D.N.I. Nº 5.496.022 para ocupar el cargo de VICEPRESIDENTE SEGUNDO de la FUNDACION que nos ocupa.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los Decretos Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y Nº 121 de fecha 15 de febrero de 2007.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

RESUELVE:

Artículo 1º — Designar en representación de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA para ocupar el cargo de VICEPRESIDENTE SEGUNDO de la FUNDACION "DR. MANUEL SADOSKY" DE INVESTIGACION Y DESARROLLO EN LAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACIÓN al Dr. en Bioquímica Luís María FERNANDEZ, D.N.I. Nº 5.496.022.

Art. 2º — La presente medida no implica erogación alguna por parte de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.

Art. 3º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Tulio A. Del Bono.