Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales

CINEMATOGRAFIA

Resolución 765/2007

Modificación de la Resolución Nº 632/2007, en relación con régimen para la adquisición de los derechos de exhibición televisiva en el territorio nacional para proyectos de películas documentales de largometraje, cuyo soporte de filmación sea digital y finalización en Beta, calidad Broadcasting Internacional.

Bs. As., 14/5/2007

Visto la Resolución Nº 632/07/INCAA, la Resolución Nº 633/07/INCAA y las consultas efectuadas por las distintas entidades del sector documental y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 632/07/INCAA se estableció la necesidad de adecuación de la normativa vigente atendiendo a la evolución tecnológica en las formas de producción, distribución y exhibición de realizaciones documentales en soporte de filmación digital finalizado en Beta con calidad Broadcasting Internacional.

Que ante las consultas efectuadas por las empresas del sector documental se hace necesario definir con mayor precisión los alcances del régimen establecido por la Resolución Nº 632/07/INCAA.

Que mediante Resolución Nº 633/07/INCAA se creó el Comité de Evaluación de Proyectos Documentales el que será integrado por seis (6) miembros designados por la Presidencia del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales; de los cuales uno (1) será propuesto por las autoridades del Organismo y ejercerá la Presidencia.

Que se considera conveniente delimitar el alcance de las atribuciones de la Presidencia de dicho Comité.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha dictaminado al respecto.

Que la presente medida es dictada por la suscripta en virtud de encontrarse ausente el Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE y ARTES AUDIOVISUALES.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley 17.741 (t.o. 2001).

Que corresponde dictar Resolución.

Por ello,

LA VICEPRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase el artículo 1º de la Resolución Nº 632/07/INCAA, el que quedará redactado de la siguiente forma: ARTICULO 1º - Apruébase el régimen para la adquisición de los derechos de exhibición televisiva en el territorio nacional para proyectos de películas documentales de largometraje, cuyo soporte de filmación sea digital y finalización en Beta, calidad Broadcasting Internacional.

Art. 2º — Quien ejerza la Presidencia del Comité de Evaluación de Proyectos Documentales, establecida por Resolución Nº 633/07/INCAA; no tendrá derecho a voto mientras no se produzca empate en la votación de dicho Comité. En caso de plantearse esta situación, su intervención tendrá el valor de UN (1) voto. En ningún caso tendrá derecho a veto. El resto de las funciones serán asignadas de acuerdo a lo establecido en la norma citada en el presente artículo.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — María Lenz.