Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Resolución 234/2007

Modificación de la Resolución Nº 185/2007, en relación con el plazo que se otorga a los importadores de autopartes y/o elementos de seguridad no producidos como provisión normal de fabricación del vehículo automotor, acoplado y semiacoplado, para la exigencia de contar con el Certificado de Homologación de Autopartes y/o Elementos de Seguridad, al momento de presentar la solicitud para despacho a plaza.

Bs. As., 30/5/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0154528/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados se propician ajustes parciales a la Resolución Nº 185 de fecha 26 de abril de 2007 modificada por la Resolución Nº 205 de fecha 10 de mayo de 2007, ambas de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la modificación propiciada está fundada en la necesidad de otorgar a los importadores de autopartes y/o elementos de seguridad no producidos como provisión normal de fabricación del vehículo automotor, acoplado y semiacoplado que se incorporan al Anexo I de la Resolución Nº 91 de fecha 13 de septiembre de 2001 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, idéntico plazo al otorgado a los fabricantes nacionales de los mismos para la exigencia de contar con el Certificado de Homologación de Autopartes y/o Elementos de Seguridad (C.H.A.S.) al momento de presentar la solicitud para el despacho a plaza.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades emergentes del Artículo 28 de la Ley Nº 24.449 y del Artículo 28 del Anexo I del Artículo 1º del Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyese el Artículo 5º de la Resolución Nº 185 de fecha 26 de abril de 2007 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, modificada por la Resolución Nº 205 de fecha 10 de mayo de 2007 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por el siguiente:

"ARTICULO 5º.- Para el despacho a plaza de las autopartes y/o elementos de seguridad listadas en el Anexo de la Resolución Nº 205 de fecha 10 de mayo de 2007 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se exigirá el Certificado de Homologación de Autopartes y/o Elementos de Seguridad (C.H.A.S.) a partir de transcurridos CIENTO OCHENTA (180) días desde la publicación de la presente.

Las autopartes y/o elementos de seguridad despachadas a plaza podrán ser comercializadas por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución".

Art. 2º — Modifícase el Anexo de la Resolución Nº 185 de fecha 26 de abril de 2007 modificada por la Resolución Nº 205 de fecha 10 de mayo de 2007, ambas de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la expresión "Amortiguadores convencionales" por "Amortiguadores, excepto los del tipo Mc Pherson".

Art. 3º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel G. Peirano.