INMUEBLES

Ley 26.260

Transfiérese a título gratuito a la Municipalidad de Concordia, provincia de Entre Ríos, el dominio y/o derechos que tenga el Estado Nacional (Ferrocarril General Urquiza), sobre fracciones de terrenos sitos en aquella localidad. Modificación de la Ley Nº 25.015.

Sancionada: mayo 9 de 2007

Promulgada de hecho: junio 1 de 2007

El Senado y Cámara de Diputados

de la Nación Argentina reunidos

en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1º — Sustitúyase el primer párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 25.015 por el siguiente:

Artículo 1º.- Transfiérase a título gratuito a la Municipalidad de Concordia, provincia de Entre Ríos, el dominio y/o derechos que tenga el Estado nacional (Ferrocarril General Urquiza) sobre las fracciones de terrenos sitos en aquella localidad que se identifican de la siguiente manera.

ARTICULO 2º — Sustitúyase el artículo 2º de la Ley Nº 25.015 por el siguiente:

Artículo 2º.- La Municipalidad de Concordia, provincia de Entre Ríos, destinará los bienes transferidos a los efectos de la construcción de una estación terminal de transporte ferrovial de pasajeros, de espacios verdes, de recreación y/o de eventos populares.

ARTICULO 3º — Sustitúyase el artículo 3º de la Ley Nº 25.015 por el siguiente:

Artículo 3º.- Los gastos que demande la presente estarán a cargo de la beneficiaria.

ARTICULO 4º — Incorpórase como artículo 4º de la Ley Nº 25.015 el siguiente:

Artículo 4º.- El Poder Ejecutivo adoptará las medidas pertinentes a los efectos de concluir la transferencia indicada en el artículo 1º en el término de SESENTA (60) días de entrada en vigencia de la presente ley.

ARTICULO 5º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL SIETE.

—REGISTRADO BAJO EL Nº 26.260 —

ALBERTO BALESTRINI. — JOSE J.B. PAMPURO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.