MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 433/2007

Registro Nº 539/07

Bs. As., 7/5/2007

VISTO el Expediente Nº 1.199.966/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 25.877, el Decreto Nº 900 de fecha 29 de junio de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 18/19 de las actuaciones citadas en el Visto, tramita el Acta Acuerdo celebrada entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA por el sector gremial y la empresa NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 692/05 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 692/05 "E" fue oportunamente celebrado por las partes antes mencionadas.

Que por el Acuerdo en consideración las partes convienen sobre que ítems serán calculadas las contribuciones con destino al Fondo Compensador y a la Acción Social, estableciendo como fecha de entrada en vigencia el 1º de enero de 2007.

Que se advierte que lo convenido no afecta a principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado "orden público laboral" ni de otras normas dictadas en protección del interés general.

Que el ámbito territorial y personal del mismo, se corresponde con la actividad desarrollada por la institución empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA por el sector gremial y la empresa NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 692/05 "E", glosado a foja 18/19 del Expediente Nº 1.199.966/06, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente Acuerdo obrante a foja 18/19 del Expediente Nº 1.199.966/06.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Gírese al Departamento Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.199.966/06

Buenos Aires, 14 de Mayo de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 433/07, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 18/19 del expediente de referencia, quedando registrado con el número Nº 539/07. — VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

Entre la Empresa NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. (NASA), con domicilio en Arribeños 3619 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante "LA EMPRESA" representada por el Gerente de Recursos Humanos Lic. Gabriel ESCRIBANO, y la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA (APUAYE), (Personería Gremial Nº 698), con domicilio en Reconquista 1048 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante "LA ASOCIACION", representada por su Presidente Ing. Jorge ARIAS, convienen lo siguiente:

Teniendo en cuenta la divergencia de criterios relativa a la interpretación y alcance de los Arts. 71 y 77 del CCT Nº 692/05 "E", LA EMPRESA se compromete a realizar el pago de las Contribuciones con destino al FONDO COMPENSADOR y a la ACCION SOCIAL vigentes desde el 01.01.05, tomando como base de cálculo la totalidad de las remuneraciones que perciba el trabajador por todo concepto sujeta a aportes jubilatorios, dando con ello por finalizada la cuestión planteada.

Atento a lo expuesto precedentemente ambas partes de común acuerdo aceptan que la adecuación convenida se lleve a cabo a partir del 01.01.06 en adelante.

En consecuencia, "LA EMPRESA" abonará a "LA ASOCIACION" la suma de trescientos setenta y dos mil seiscientos pesos, ($ 372.600) en cuatro (4) cuotas mensuales, iguales y consecutivas a partir del mes de marzo de 2007, con vencimiento el día quince de cada mes, cancelando con ello las diferencias de las mencionadas Contribuciones relacionadas con las remuneraciones efectivamente abonadas entre el 01.01.06 y el 31.12.06.

Por otro lado, "LA ASOCIACION" deja expresamente establecido que efectuado el pago de la suma señalada precedentemente no tiene crédito pendiente alguno por Contribuciones y Aportes originados por remuneraciones efectivizadas hasta el 31.12.06

"LA EMPRESA" procederá, respecto a las remuneraciones efectivizadas a partir del 01.01.07, a liquidar dichas Contribuciones en correspondencia con lo establecido en el 2do. párrafo de la presente.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de marzo de 2007 se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

ACTA ACUERDO

Entre la Empresa NUCLEOELECTRICA ARGENTINA S.A. (NASA), con domicilio en Arribeños 3619 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante "LA EMPRESA" representada por el Gerente de Recursos Humanos Lic. Gabriel ESCRIBANO, y la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA (APUAYE), (Personería Gremial Nº 698), con domicilio en Reconquista 1048 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante "LA ASOCIACION", representada por su Presidente Ing. Jorge ARIAS, convienen lo siguiente:

Teniendo en cuenta la divergencia de criterios relativa a la interpretación y alcance de los Artículos 71 y 77 del CCT Nº 692/05 "E", ambas partes acuerdan que a partir del 01.01.07 las Contribuciones con destino al FONDO COMPENSADOR y a la ACCION SOCIAL serán calculadas sobre la totalidad de las remuneraciones por todo concepto sujetas a aportes jubilatorios efectivamente percibidas a partir de dicha fecha por los profesionales universitarios incluidos en la referida convención colectiva.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de marzo de 2007 se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.