PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA DE TURISMO

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

Resolución Nº 249/2007

Bs. As., 1/6/2007

VISTO la Resolución Conjunta Nº 002 de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES y Nº 036 de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha 4 de junio de 2004, por la que se aprueba el REGLAMENTO PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO DE APOYO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, y la Resolución Conjunta A.P.N. Nº 001 y S.S.G.P. Nº 014 del 16 de mayo de 2007, por la que se aprueban modificaciones al citado Reglamento, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el artículo 8º de la Resolución Conjunta A.P.N. Nº 001 y S.S.G.P. Nº 014 del 16 de mayo de 2007, corresponde que esta Presidencia dicte el texto ordenado del referido Reglamento, con las modificaciones aprobadas mediante dicha Resolución Conjunta.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 24, inciso f), de la Ley Nº 22.351.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase el texto ordenado del "REGLAMENTO PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO DE APOYO DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES", el cual, como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Tomen conocimiento todas las dependencias del Organismo. Por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones publíquese la presente en el BOLETIN OFICIAL DE LA NACION.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese y archívese. — Ing. Agr. HECTOR M. ESPINA, Presidente del Directorio.

__________

NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires), en www.boletinoficial.gov.ar y en la Sede Central de la Administración de Parques Nacionales (Avda. Santa Fe 690 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 6/6 Nº 547.921 v. 6/6/2007