MINISTERIO DE SALUD

Resolución Nº 624/2007

Bs. As., 30/5/2007

VISTO el Expediente Nº 2002-20153-06-9 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Conjunta Nros. 988/92 ex-MEyOSP y 748/92 ex-MSAS, reglamentaria del Decreto Nº 150/92; se estableció que la actividades de importación de especialidades medicinales y farmacéuticas, sólo podrán efectuarse a través, de las delegaciones de la ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS autorizadas a tal efectos por la entonces SECRETARIA DE SALUD; hoy MINISTERIO DE SALUD.

Que en ese contexto se habilitaron las Aduanas de Buenos Aires, Córdoba y Mendoza para la importación de especialidades medicinales y farmacéuticas.

Que en el estado actual del asunto se propicia autorizar a la Delegación La Plata de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS para formalizar operaciones de importación de especialidades medicinales y farmacéuticas.

Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA y el INSTITUTO NACIONAL DE MEDICAMENTOS cuentan con capacidad operativa para fiscalizar en dicha zona aduanera.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes de la Resolución Conjunta Nº 988/92 ex-MEyOSP y Nº 748/92 ex-MSAS.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Autorízase a la Delegación La Plata de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS para llevar a cabo actividades de importación de especialidades medicinales y farmacéuticas.

ARTICULO 2º — La ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA por intermedio del INSTITUTO NACIONAL DE MEDICAMENTOS fiscalizará y controlará las especialidades medicinales y farmacéuticas cuya importación se autoriza en el artículo 1º.

ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, oportunamente a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. GINES MARIO GONZALEZ GARCIA, Ministro de Salud.

e. 6/6 Nº 547.578 v. 6/6/2007