MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Resolución Nº 464/2007

Bs. As., 4/7/2007

VISTO el Expediente Nº 0044610/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 modificada, entre otras, por su similar Nº 132 de fecha 20 de marzo de 2006, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION fueron aprobadas, entre otras, las aperturas estructurales inferiores de la Dirección General de Despacho y Mesa de Entradas dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que por la Resolución Nº 132 de fecha 20 de marzo de 2006 se incorporó a la resolución mencionada en el considerando precedente la departamentalización para las Direcciones de Despacho y de Mesa de Entradas y Notificaciones de la citada Dirección General en las áreas de las SECRETARIAS DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS y DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

Que, habida cuenta de los óptimos resultados obtenidos en la departamentalización mencionada anteriormente, se considera conveniente instrumentar idéntica medida para la Dirección de Información al Público de la aludida Dirección General en las áreas de las SECRETARIAS DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS y DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, complementado por la Resolución Nº 422 de fecha 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Por ello,

LA MINISTRA DE ECONOMIA Y PRODUCCION

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Incorpórase a la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 modificada, entre otras, por su similar Nº 132 de fecha 20 de marzo de 2006, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la departamentalización para la Dirección de Información al Público dependiente de la Dirección General de Despacho y Mesa de Entradas de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de conformidad con el Organigrama, Acciones y Dotación que como Anexos l, II y IIl forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FELISA MICELI, Ministra de Economía y Producción.

ANEXO I

ANEXO II

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL

DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS

DIRECCION DE INFORMACION AL PUBLICO

DEPARTAMENTO DE INFORMACION AL PUBLICO DEL AREA DE AGRICULTURA,

GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

ACCIONES:

1.- Suministrar información a quien acredite condición de parte sobre el estado de tramitación de expedientes y Proyectos de Leyes, Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones y Disposiciones del área de su competencia.

2.- Suministrar copia autenticada de Leyes y Mensajes, Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones y Disposiciones de responsabilidad primaria de este Ministerio a quienes acrediten condición de parte.

3.- Informar al público, en forma personal o telefónica, acerca de la responsabilidad primaria y acciones de las distintas áreas a las que presta servicios, así como informar acerca de su localización, teléfonos y funcionarios responsables del área.

4.- Realizar el seguimiento del estado de tramitación de los proyectos de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS que se encuentran en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, así como de los Decretos y Decisiones Administrativas firmados en los últimos TREINTA (30) días, vinculados al área de su competencia.

5.- Analizar, derivar a las áreas con responsabilidad primaria y realizar el seguimiento de gestión de todos los Proyectos de Leyes aprobados por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y remitidos a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL, que requieran la evaluación de las áreas competentes de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS.

6.- Realizar el seguimiento administrativo de los expedientes, diferenciados por su importancia relativa, según lo disponga la autoridad competente.

7.- Participar en el análisis y derivación a las áreas con responsabilidad primaria de la documentación ingresada a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, así como también la dirigida al señor Secretario.

8.- Otorgar la carta poder a la que se refiere el Artículo 33 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991).

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL

DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS

DIRECCION DE INFORMACION AL PUBLICO

DEPARTAMENTO DE INFORMACION AL PUBLICO DEL AREA DE INDUSTRIA,

COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

ACCIONES:

1.- Suministrar información a quien acredite condición de parte sobre el estado de tramitación de expedientes y Proyectos de Leyes, Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones y Disposiciones del área de su competencia.

2.- Suministrar copia autenticada de Leyes y Mensajes, Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones y Disposiciones de responsabilidad primaria de este Ministerio a quienes acrediten condición de parte.

3.- Informar al público, en forma personal o telefónica, acerca de la responsabilidad primaria y acciones de las distintas áreas a las que presta servicios, así como informar acerca de su localización, teléfonos y funcionarios responsables del área.

4.- Realizar el seguimiento del estado de tramitación de los proyectos de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA que se encuentran en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, así como de los Decretos y Decisiones Administrativas firmados en los últimos TREINTA (30) días, vinculados al área de su competencia.

5.- Analizar, derivar a las áreas con responsabilidad primaria y realizar el seguimiento de gestión de todos los Proyectos de Leyes aprobados por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y remitidos a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL, que requieran la evaluación de las áreas competentes de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

6.- Realizar el seguimiento administrativo de los expedientes, diferenciados por su importancia relativa, según lo disponga la autoridad competente.

7.- Participar en el análisis y derivación a las áreas con responsabilidad primaria de la documentación ingresada a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, así como también la dirigida al señor Secretario.

8.- Otorgar la carta poder a la que se refiere el Artículo 33 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991).

ANEXO III

e. 11/7 Nº 550.874 v. 11/7/2007