DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Resolución 46/2007

Habilitación Provisoria Zona Operativa Aduanera Uspallata, Aduana de Mendoza.

Bs. As., 25/7/2007

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12367–221–2006/ 1, del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la Dirección Regional Aduanera Mendoza informa sobre la necesidad de prorrogar la habilitación provisoria de la Zona Operativa Aduanera ubicada en el predio de CUARENTA Y SEIS HECTAREAS NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 24/100 METROS CUADRADOS (46 Ha. 9356,24 m2) de superficie —según Mensura por Mayor Extensión, Unificación y Fraccionamiento, registrada como 03 29977—, sobre la Ruta 7, Km. 1151 de la localidad de Uspallata, Departamento de Las Heras, Provincia de Mendoza.

Que la citada habilitación fue otorgada mediante Resolución Nº 3/2007(DGA) —publicada en el Boletín Oficial el 1 de febrero de 2007—, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días.

Que tanto el predio como las instalaciones destinadas para la realización de operaciones aduaneras reúnen los requisitos para su definición como Zona Primaria en los términos del Artículo 5º inciso 2º del Código Aduanero, por contar con las condiciones de infraestructura necesarias para ejercer el control aduanero, conforme lo informado por la Dirección Regional Aduanera Mendoza, iniciando sus operaciones el día 13 de julio del presente año.

Que en función de lo expuesto, corresponde prorrogar la habilitación aduanera otorgada al citado lugar operativo, con igual carácter e idéntico alcance por el término de CIENTO OCHENTA (180) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido por la Resolución Nº 3/2007 (DGA), hasta tanto se concreten las obras de infraestructura del Centro de Control de Cargas Uspallata, en el marco de los compromisos asumido en el Plan de Gestión 2007 de la AFIP.

Que en autos han tomado debida intervención la División Aduana de Mendoza, la Dirección Regional Aduanera Mendoza, la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Subdirección General Técnico Legal Aduanera de la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.

Por ello;

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrogar la habilitación provisoria de la Zona Operativa Aduanera otorgada mediante Resolución Nº 3/2007 (DGA), por el término de CIENTO OCHENTA (180) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido, con igual carácter e idéntico alcance.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 7/2008 de la Dirección General de Aduanas B.O. 1/2/2008 se prorroga la habilitación provisoria, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días a contar desde el vencimiento del plazo conferido, con igual carácter e idéntico alcance.)

Art. 2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera Mendoza. Remítanse estos actuados a la División Aduana de Mendoza para su conocimiento y aplicación. — Ricardo Echegaray.

Nº 552.694