ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 282/2007

Delegación de facultades para la suscripción de un plano de mensura.

Bs. As., 30/7/2007

VISTO la actuación SIGEA AFIP Nº 10296-43-07 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 de la misma se da cuenta de la confección de un plano de mensura efectuado de acuerdo con el convenio suscripto entre el Sr. Administrador Federal y la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires, el cual previo a entrar a su faz final de tramitación requiere de su suscripción por parte de esta Administración Federal.

Que el citado plano corresponde a dos fracciones de tierra cuya nomenclatura catastral de origen figura en el mismo como: Circunscripción V, Fracción I, Sección E Parcelas 5 y 6 de la Estación Boulogne del Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires.

Que el Departamento Administración de Bienes y Servicios dependiente de la Dirección de Logística de esta Administración entendió oportuno a los fines de la regularización dominial que se llevaría a cabo mediante la inscripción del plano de mensura en cuestión, que fuera incluida en el mismo una cláusula manifestando que: "... La presente propiedad perteneció a la Administración General de Impuestos Internos que pasó a formar con la Dirección General del Impuesto a los Réditos, la Dirección General Impositiva, de acuerdo a la Ley Nº 12.927 del 22 de diciembre de 1946; hoy Administración Federal de Ingresos Públicos, como consecuencia de quedarle afectados los bienes propios de la Dirección General Impositiva y la Administración General de Aduanas de acuerdo al Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997...".

Que consultado el Escribano General de Gobierno acerca de la procedencia de inclusión de dicha cláusula, a fs. 14 del SIGEA del visto se expresó a favor de que dicha aclaración sea incorporada al citado plano de mensura.

Que a tal efecto procede delegar en el titular de la Subdirección General de Administración Financiera, las facultades de suscribir los planos de mensura y la cláusula mencionada en los párrafos anteriores.

Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

Artículo 1º — Delegar en el titular de la Subdirección General de Administración Financiera, la facultad de suscribir los planos de mensura y la cláusula transcripta en el segundo considerando de este acto dispositivo.

Art. 2º — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — Alberto R. Abad.

Nº 553.702